Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2025062609)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Dirección Gerencia del SEPAD, de adjudicación directa de conciertos sociales para la prestación del servicio de residencia para personas con discapacidad y necesidades de apoyo extenso o generalizado incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 127

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Jueves 3 de julio de 2025

de adjudicación directa, con las mismas entidades y por las mismas plazas concertadas en
aplicación de lo previsto en dicha disposición transitoria única, por un periodo no superior a
doce meses”.
En el caso que nos ocupa, toda vez que los conciertos para la prestación del servicio de residencia de apoyo extenso o generalizado se adjudicaron al amparo de la disposición transitoria
única del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, en fecha 31 de octubre de 2022, y toda vez
que los mismos, tras sucesivas renovaciones, estuvieron vigentes hasta el 1 de abril de 2025,
inclusive, procede, en aplicación de lo anteriormente expuesto, iniciar el procedimiento de
adjudicación directa de los nuevos conciertos para la prestación del servicio de residencia de
apoyo extenso o generalizado a las entidades indicadas en el anexo I del presente acuerdo de
inicio, con una vigencia de 12 meses, desde el 2 de abril de 2025 hasta el 1 de abril de 2026.
Cuarto. Se constata, según la documentación y certificación acreditativa del órgano gestor
obrante en el expediente, que las entidades relacionadas cumplen los requisitos del artículo 5
de la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios
a las personas en los ámbitos social, sanitario y sociosanitario en Extremadura, que no se
encuentran incursas en ninguna prohibición para contratar establecida en la Ley 9/2017, de
8 de noviembre, de contratos del sector público, ni han sido sancionadas en los términos establecidos en la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura. Asimismo,
no se encuentran en ninguna causa que dé lugar a la resolución del concierto en los términos
del artículo 6.2 del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre. Igualmente, se encuentran al
corriente de sus obligaciones tributarias ante la Hacienda Estatal, Autonómica y Seguridad
Social.
Por todo lo anteriormente expuesto, de acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho descritos, y de conformidad con la propuesta formulada por la Jefatura de la
Unidad de Atención a la Discapacidad y Salud Mental en fecha 9 de abril de 2025, en su virtud,
la Dirección Gerencia del SEPAD,
RESUELVE:
Primero. La adjudicación, de forma directa, de los conciertos para la prestación del Servicio
de Residencia para personas con discapacidad y necesidades de apoyo extenso o generalizado
incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, a las Entidades que se relacionan en el anexo I, de conformidad con lo establecido en la disposición final primera de la
Ley 1/2025, de 3 abril, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria (DOE 7-04-2025),
en relación con la disposición adicional decimoprimera, párrafo dos, de la Ley 1/2024, de 5 de
febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año
2024, y el artículo 15 del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla