Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Conciertos Sociales. (2025062608)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Dirección Gerencia del SEPAD, de adjudicación directa de conciertos sociales para la prestación del servicio de residencia para personas con discapacidad y necesidades de apoyo intermitente o limitado incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.
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NÚMERO 127
Jueves 3 de julio de 2025

38102

CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2025, de la Dirección Gerencia del SEPAD,
de adjudicación directa de conciertos sociales para la prestación del servicio
de residencia para personas con discapacidad y necesidades de apoyo
intermitente o limitado incluido en el Marco de Atención a la Discapacidad en
Extremadura. (2025062608)
De conformidad con lo dispuesto en la disposición final primera de la Ley 1/2025, de 3 de
abril, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria publicada en el Diario Oficial de Extremadura el 7 de abril de 2025, en relación con la disposición adicional decimoprimera de
la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2024, y el artículo 15 del Decreto 122/2022, de 28 de septiembre,
por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de diciembre, de conciertos sociales para la
prestación de servicios a las personas en el ámbito social, sanitario y sociosanitario en Extremadura, se ponen de manifiesto los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. En fecha 30 de septiembre de 2022 se publica en el Diario oficial de Extremadura
el Decreto 122/2022, de 28 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 13/2018, de 26 de
diciembre, de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en el ámbito
social, sanitario y sociosanitario en Extremadura, en el que se establece un régimen transitorio en materia de conciertos sociales para la prestación de servicios a las personas en los
ámbitos sociales y sociosanitarios.
Su disposición transitoria única determina que:
“Por razones de urgencia, de acuerdo con los artículos 14.1.b) de este decreto y 8.1 de la
Ley 13/2018, de 26 de diciembre, y en aras de garantizar la continuidad asistencial de las
personas usuarias hasta tanto se resuelva la oportuna convocatoria, los conciertos suscritos al amparo del Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX) que fueron adjudicados directamente en
la anualidad 2020 a las mismas entidades que los venían prestando conforme a lo establecido en el artículo 3.1 del Decreto-ley 5/2020, de 3 de abril, por el que se aprueban
medidas urgentes y extraordinarias en materia de política social y sanitaria, y renovados
al amparo de la disposición primera del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, podrán ser adjudicados directamente a las
mismas entidades que vienen desarrollándolo, en el plazo de un mes tras la entrada en