Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Calidad De Los Alimentos. Ayudas. (2025062531)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas para promover la participación en los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2025.
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NÚMERO 128
Viernes 4 de julio de 2025

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2. L
 as personas beneficiarias de estas ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser titular de una explotación agraria inscrita en el Registro de Explotaciones de la Con­
sejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
b) Si en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes de ayuda, la explo­
tación del solicitante estuviera pendiente de inscripción en el Registro de Explotaciones
Agrarias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, se deberá
acreditar que la correspondiente solicitud de inscripción se ha presentado con anterio­
ridad al fin del citado plazo.
La acreditación de este requisito se realizará conforme se establece en el apartado 6. d)
del resuelvo quinto.
c) En caso de que las personas beneficiarias sean entidades carentes de personalidad ju­
rídica, deberá hacerse constar en documento unido a la solicitud:


— Compromisos de ejecución asumidos por cada persona perteneciente a la agrupación.



— Importe de la subvención a aplicar a cada una de ellas.



— Nombramiento de la persona que actuará como representante o apoderada único de
la agrupación, con poderes bastantes para cumplir obligaciones que, como personas
be­neficiarias, corresponden a la agrupación.



— Compromiso de no disolver la misma hasta transcurrido el plazo de prescripción de
los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Co­
munidad Autónoma de Extremadura.

3. L
 as personas beneficiarias deberán no hallarse incursos en las causas de prohibición para
obtener la condición de beneficiaria a que se refiere el apartado 2 y 3 del artículo 12 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La justificación por parte de las personas interesadas de no estar incursos en las prohibi­
ciones para obtener la condición de beneficiaria será realizada mediante declaración res­
ponsable que se incluye en el modelo de solicitud del anexo I.
4. L
 as personas beneficiarias deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias con la Agencia Estatal y frente a la Seguridad Social impuestas por disposiciones
vigentes y no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma. La acreditación del
cumplimiento de estas obligaciones será en la forma prevista en el punto 6.f) del resuelvo
quinto de esta resolución.