Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Ceses. Nombramientos. (2025062620)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se dispone la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se dispone el cese y el nombramiento de un miembro del Consejo Económico y Social de Extremadura en representación de una organización sindical perteneciente al Grupo Primero.
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NÚMERO 128
Viernes 4 de julio de 2025

38279

ACUERDO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE Y EL NOMBRAMIENTO DE UN MIEMBRO
DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE EXTREMADURA EN REPRESENTACIÓN DE UNA
ORGANIZACIÓN SINDICAL PERTENECIENTE AL GRUPO PRIMERO.
La Ley 3/1991, de 25 de abril, crea el Consejo Económico y Social de Extremadura como órgano consultivo del Gobierno regional en las materias de orden económico y social.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1 de la Ley 3/1991, de 25 de abril, el Consejo
estará integrado por 25 miembros, incluido su Presidente. De ellos, 8 compondrán el Grupo
Primero en representación de las organizaciones sindicales; 8 el Grupo Segundo, en representación de las organizaciones empresariales, y 8 el Grupo Tercero.
En cuanto al Grupo Primero, establece el apartado 2 del citado artículo que serán designados
por las organizaciones sindicales que hayan obtenido la condición de más representativas, en
proporción a su representatividad, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6.2 y 7.1 de la
Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
Asimismo, el artículo 4.1, párrafo segundo, de la Ley 3/1991, de 25 de abril, determina que
los miembros del Consejo designados o propuestos por las entidades y asociaciones a que se
refiere el artículo 3, serán nombrados por el Consejo de Gobierno a propuesta del titular de la
Consejería de adscripción, a quien comunicarán, dichas entidades y asociaciones, la designación o propuesta de los correspondientes miembros.
Por otro lado, el apartado 4 del artículo 4 de la referida Ley 3/1991, de 25 de abril, establece
que el cese de los miembros del Consejo se producirá, entre otras causas, “c) A propuesta de
las organizaciones que promovieron el nombramiento”, continuando el citado artículo 4, en su
apartado 5, que “Toda vacante anticipada en el cargo que no sea por expiración del mandato
será cubierta por la organización a quien corresponda el titular del puesto vacante, en la misma forma establecida para su designación respectiva” y que “El mandato del así nombrado
expirará al mismo tiempo que el de los restantes miembros del Consejo”.
En relación con lo anterior, con fecha 3 de junio de 2025 se recibe comunicación del sindicato
CCOO Extremadura en la que se propone el cese de Dña. Encarna Chacón Belmonte como
miembro del Consejo Económico y Social de Extremadura, y la designación como nuevo
miembro a favor de Dña. María Berrocal Asensio.
Procede, por tanto, en cumplimiento de la normativa citada, acordar el cese y el nombramiento indicados, garantizando en todo caso en la composición de dicha institución la representación equilibrada, de conformidad con lo previsto en los artículos 29.2 y 4.4 de la Ley 8/2011,
de 23 de marzo, de Igualdad entre Hombres y Mujeres y contra la Violencia de Género de
Extremadura.