Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062992)
Resolución de 30 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la segunda Adenda de modificación del Convenio para la formalización de una transferencia específica plurianual al Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) para la realización de las líneas de actuación LA1, LA2, LA3, LA4 del programa de I+D+I, en el área Agroalimentación, incluida en la medida de inversión I1 Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas, que forman parte del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y financiada con los fondos Next Generation EU.
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NÚMERO 154
Lunes 11 de agosto de 2025
45259
2. S
e modifica la cláusula tercera referida a la “ejecución de actuaciones y gastos elegibles”.
3. S
e modifica la cláusula cuarta, en su apartado primero, referida al “pago”.
4. S
e modifica la cláusula quinta referida a las “obligaciones”.
5. S
e modifica la cláusula octava, en su apartado primero referida a la “justificación”.
6. S
e modifica la cláusula decimotercera, en su apartado primero referida a la “eficacia,
duración y resolución”.
Posteriormente, el Real Decreto 1181/2024, de 28 de noviembre, por el que se modifica el
Real Decreto 633/2022, de 26 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para financiar su incorporación a programas de los Planes
Complementarios de I+D+I, que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, denominado “Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación”, establece un nuevo
plazo para la ejecución de los programas que deberán finalizar antes del 31 de diciembre de
2025.
Tercero. En relación a la publicidad y comunicación de las ayudas en el marco del PRTR, el
Artículo 34 del Reglamento Europeo 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, recoge que “los perceptores de
fondos de la Unión harán mención del origen de esta financiación y velarán por darle visibilidad”, incluido mediante el uso del emblema de la Unión y de una declaración de financiación
que indique “financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”.
En esta línea, el Artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del PRTR, señala la obligatoriedad de incorporar el logo oficial
del propio Plan a las iniciativas de comunicación y divulgación de las actuaciones financiadas
con cargo al MRR.
Además, debemos tener en cuenta lo establecido en el reciente Manual de Comunicación para
Gestores y Beneficiarios del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Cuarto. Amparándose en el Real Decreto 1181/2024 antes dicho, en la Comisión de seguimiento del Convenio de fecha 26 de febrero de 2025, UEX, solicita una nueva Adenda en la
que se amplíe el plazo de ejecución, argumentando lo siguiente: “Además, esta ampliación
de dos meses también es necesaria para finalizarse la ejecución de las contrataciones formalizadas para el desarrollo de la visión artificial y los algoritmos de IA. Al tratarse de servicios
Lunes 11 de agosto de 2025
45259
2. S
e modifica la cláusula tercera referida a la “ejecución de actuaciones y gastos elegibles”.
3. S
e modifica la cláusula cuarta, en su apartado primero, referida al “pago”.
4. S
e modifica la cláusula quinta referida a las “obligaciones”.
5. S
e modifica la cláusula octava, en su apartado primero referida a la “justificación”.
6. S
e modifica la cláusula decimotercera, en su apartado primero referida a la “eficacia,
duración y resolución”.
Posteriormente, el Real Decreto 1181/2024, de 28 de noviembre, por el que se modifica el
Real Decreto 633/2022, de 26 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas para financiar su incorporación a programas de los Planes
Complementarios de I+D+I, que forman parte del componente 17 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, denominado “Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación”, establece un nuevo
plazo para la ejecución de los programas que deberán finalizar antes del 31 de diciembre de
2025.
Tercero. En relación a la publicidad y comunicación de las ayudas en el marco del PRTR, el
Artículo 34 del Reglamento Europeo 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, recoge que “los perceptores de
fondos de la Unión harán mención del origen de esta financiación y velarán por darle visibilidad”, incluido mediante el uso del emblema de la Unión y de una declaración de financiación
que indique “financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”.
En esta línea, el Artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del PRTR, señala la obligatoriedad de incorporar el logo oficial
del propio Plan a las iniciativas de comunicación y divulgación de las actuaciones financiadas
con cargo al MRR.
Además, debemos tener en cuenta lo establecido en el reciente Manual de Comunicación para
Gestores y Beneficiarios del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Cuarto. Amparándose en el Real Decreto 1181/2024 antes dicho, en la Comisión de seguimiento del Convenio de fecha 26 de febrero de 2025, UEX, solicita una nueva Adenda en la
que se amplíe el plazo de ejecución, argumentando lo siguiente: “Además, esta ampliación
de dos meses también es necesaria para finalizarse la ejecución de las contrataciones formalizadas para el desarrollo de la visión artificial y los algoritmos de IA. Al tratarse de servicios