Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025063004)
Resolución de 31 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura y la entidad Cruz Roja Española en Extremadura por el que se articula la concesión directa de una subvención sin convocatoria para financiar el "Proyecto de coordinación con la Junta de Extremadura en materia asistencial y de protección civil".
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NÚMERO 154
Lunes 11 de agosto de 2025
45285
Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 9.1.44 establece que corresponde a la Comunidad
Autónoma la competencia exclusiva en materia de “protección civil y emergencias”.
La Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social tiene atribuidas por Decreto de la
Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de:
“(…) emergencia y protección civil (…)”, competencias que ejerce la Secretaría General de
Interior, Emergencias y Protección Civil, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.1 b) del
Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social (DOE Extraordinario Núm. 3, de 16 de
septiembre).
Segundo. Por su parte, Cruz Roja Española es una institución humanitaria, de carácter voluntario y de interés público cuyo fin es aliviar el dolor humano mediante atenciones inmediatas
de acuerdo con cada situación en particular.
De acuerdo con su carácter de institución auxiliadora de los poderes públicos, el artículo 5
punto 6 de sus Estatutos, publicados mediante Orden del Ministerio de Sanidad, Consumo
y Bienestar Social, de 11 de julio de 2019, establece que el desarrollo de su actividad está
orientada a la consecución, entre otros fines, a la “protección y socorro de las personas afectadas por accidentes, catástrofes, calamidades públicas, conflictos sociales, enfermedades,
epidemias y otros riesgos o siniestros colectivos y sucesos similares, así como la prevención
de los daños causados por los mismos, participando en las actuaciones que resulten necesarias para ello, en la forma establecida en las leyes y en los planes nacionales o territoriales
correspondientes”.
Tercero. Que la entidad Cruz Roja Española en Extremadura ha solicitado el 14 de mayo de
2025 a la administración autonómica la concesión de una subvención directa para ejecutar el
Proyecto de coordinación entre Cruz Roja Española en Extremadura y el Centro de Coordinación de Urgencias y Emergencias 112 de la Junta de Extremadura, con la finalidad de mejorar
la capacidad operativa de esta entidad, en atención a emergencias, mediante la implementación de actuaciones estratégicas que responden a necesidades que han sido detectadas y se
alinean con fines de interés público. Para su materialización tienen los siguientes objetivos:
1. G
arantizar la capacidad de respuesta y apoyo al sistema público ante cualquier emergencia o catástrofe.
2. C
apacitar y formar al voluntariado y al personal laboral para una adecuada actuación y
gestión de la emergencia.
Lunes 11 de agosto de 2025
45285
Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 9.1.44 establece que corresponde a la Comunidad
Autónoma la competencia exclusiva en materia de “protección civil y emergencias”.
La Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social tiene atribuidas por Decreto de la
Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de:
“(…) emergencia y protección civil (…)”, competencias que ejerce la Secretaría General de
Interior, Emergencias y Protección Civil, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.1 b) del
Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social (DOE Extraordinario Núm. 3, de 16 de
septiembre).
Segundo. Por su parte, Cruz Roja Española es una institución humanitaria, de carácter voluntario y de interés público cuyo fin es aliviar el dolor humano mediante atenciones inmediatas
de acuerdo con cada situación en particular.
De acuerdo con su carácter de institución auxiliadora de los poderes públicos, el artículo 5
punto 6 de sus Estatutos, publicados mediante Orden del Ministerio de Sanidad, Consumo
y Bienestar Social, de 11 de julio de 2019, establece que el desarrollo de su actividad está
orientada a la consecución, entre otros fines, a la “protección y socorro de las personas afectadas por accidentes, catástrofes, calamidades públicas, conflictos sociales, enfermedades,
epidemias y otros riesgos o siniestros colectivos y sucesos similares, así como la prevención
de los daños causados por los mismos, participando en las actuaciones que resulten necesarias para ello, en la forma establecida en las leyes y en los planes nacionales o territoriales
correspondientes”.
Tercero. Que la entidad Cruz Roja Española en Extremadura ha solicitado el 14 de mayo de
2025 a la administración autonómica la concesión de una subvención directa para ejecutar el
Proyecto de coordinación entre Cruz Roja Española en Extremadura y el Centro de Coordinación de Urgencias y Emergencias 112 de la Junta de Extremadura, con la finalidad de mejorar
la capacidad operativa de esta entidad, en atención a emergencias, mediante la implementación de actuaciones estratégicas que responden a necesidades que han sido detectadas y se
alinean con fines de interés público. Para su materialización tienen los siguientes objetivos:
1. G
arantizar la capacidad de respuesta y apoyo al sistema público ante cualquier emergencia o catástrofe.
2. C
apacitar y formar al voluntariado y al personal laboral para una adecuada actuación y
gestión de la emergencia.