Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. (2025063113)
Resolución de 7 de agosto de 2025, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se relacionan los cotos que han cumplido las medidas previstas en la Resolución del 3 de abril de 2025 por la que se adoptan los principios del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea y se establecen los cupos de capturas para cada uno de ellos, así como el condicionado que deben cumplir para la caza.
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NÚMERO 159

46361

Martes 19 de agosto de 2025

Una vez efectuadas las subsanaciones, se publica la Resolución de 10 de junio de 2025, de la
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se hace pública la relación definitiva de cotos incluidos en el Inventario de cotos participantes en el Plan de Caza adaptativa
de la tórtola para la temporada 2025/2026 (DOE núm. 115, de 17 de junio).
Tras la verificación por parte de los Agentes del Medio Natural de la participación de los cotos
inscritos y de la ejecución de las medidas y realización de censos, se ha realizado una evaluación individualizada de cada coto obteniendo los datos de capturas para cada uno de ellos.
Por lo expuesto, en virtud de la habilitación concedida en la disposición final segunda de la
Orden de 22 de julio de 2024, por la que se aprueba la Orden General de Vedas de Caza de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, esta Dirección General,
RESUELVE:
Primero. Autorizar las capturas de tórtola europea (Streptotelia turtur) en los cotos relacionados en el anexo I de esta resolución.
Segundo. Establecer un cupo de capturas para cada uno de ellos, en función de los parámetros estudiados, tales como superficie, cupo total y número de cotos e idoneidad de los
hábitats por comarca cinegética.
Tercero. Las capturas se realizarán los días 23 y 31 de agosto de 2025 en horario de 7 a 11
de la mañana.
Cuarto. Se deberán cumplir las condiciones que se establecen en el anexo II de esta resolución.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, órgano que dicta
la presente resolución o, directamente, ante el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural,
órgano competente para resolverlo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo establecido
en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo
ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen
oportuno, según el artículo 88.3 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 7 de agosto de 2025.
El Director General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca,
RICARDO ROMERO PASCUA