Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025063131)
Corrección de errores de la Resolución de 15 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior, en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 161

46552

Jueves 21 de agosto de 2025

11. Publicada la información provisional, los interesados podrán, en el periodo establecido
al efecto, presentar la reclamación que estimen conveniente aportando la documentación acreditativa correspondiente, conforme al modelo del anexo XV. Este proceso
podrá realizarse personalmente en las dependencias administrativas del centro educativo, o por cualquiera de los medios previstos en el apartado segundo de este resuelvo.
12. Transcurrido dicho plazo y valoradas las reclamaciones presentadas, se publicará, a
través de medios que garanticen el cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
(B.O.E núm. 294 de 6 de diciembre de 2018), según los anexos XIII y XIV, para admitidos y excluidos respectivamente.
13. Una vez adjudicada una plaza en alguno de los módulos profesionales solicitados, deberá formalizar la matrícula presencialmente en el centro educativo, o por cualquiera
de los medios recogidos en el apartado segundo de este resuelvo:


a. Si quiere permanecer en el plan de estudios del Real Decreto 1147/2011, de 29 de
julio, en el curso 2025/2026 en el que finalizará el periodo de transición establecido,
hará uso del modelo del anexo XVI.



b. Si opta por incorporarse al que desarrolla el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio,
utilizará el modelo del anexo XVII, según corresponda.



c. Si se trata de alumnado que continúa en el plan del Real Decreto 659/2023, de 18 de
julio, presentará el modelo del anexo XVIII.

14. Una vez el centro revise la documentación de su expediente, deberá no matricular o,
en su caso, desmatricular al solicitante en el módulo de Proyecto Intermodular si incumple con lo establecido en el apartado cuarto de este resuelvo”.
3. Advertido error en los anexos IX, X, XI y XII, por omisión de contenido entre las páginas
41888 a la 41909, deben sustituirse por los anexos IX.A, X.A, XI.A, XII.A, IX.B, X.B, XI.B
y XII.B, quedando como se muestra a continuación:
Mérida, 13 de agosto de 2025.
El Director General de Formación
Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa,
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN