Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2025050113)
Orden de 11 de agosto de 2025 por la que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
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NÚMERO 161
Jueves 21 de agosto de 2025

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CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ORDEN de 11 de agosto de 2025 por la que se modifican puntualmente las
relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral
de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional. (2025050113)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la
dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los
servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el
desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
La presente modificación de las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de
personal laboral de esta Consejería responde a la necesidad de subvenir los requerimientos
cambiantes que los distintos centros directivos tienen para la correcta ejecución de las funciones que tienen legal y reglamentariamente encomendadas.
De esta forma, en lo que se refiere a personal funcionario, se refuerzan distintas áreas de
actividad tales como patrimonio, recursos humanos o gestión educativa con la creación de
siete nuevos puestos de trabajo, al mismo tiempo que se aprovecha para modificar algunas
características de otros puestos de trabajo tales como la denominación, los requisitos o méritos con el fin de ajustarlos más fielmente a las funciones que desempeñan.
En cuanto a la relación de puestos de trabajo de personal laboral, además de la creación de
dos puestos de trabajo de Camarero/a-Limpiador/a y de un puesto de trabajo de Ordenanza,
se realiza una amplia adaptación de características en una serie de puestos de trabajo, con-