B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250506-15)
Permisos profesores de religión – Corrección de errores de 15 de abril de 2025, de la Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan permisos parcialmente retribuidos a partir del curso 2025-2026, así como licencias de un curso sin retribución para el curso 2025-2026, para el profesorado de religión con contrato laboral indefinido que imparte enseñanzas en centros públicos no universitarios dependientes de Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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BOCM
Pág. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 107
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
15
CORRECCIÓN de errores de 15 de abril de 2025, de la Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan permisos parcialmente retribuidos a partir del curso 2025-2026, así como licencias de un curso
sin retribución para el curso 2025-2026, para el profesorado de religión con
contrato laboral indefinido que imparte enseñanzas en centros públicos no universitarios dependientes de Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
Por Resolución de 7 de marzo de 2025 de la Dirección General de Recursos Humanos
de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 70, de 24 de marzo de 2025), se convocaron permisos parcialmente retribuidos a partir del curso 2025-2026, así como licencias de un curso sin retribución para el curso 2025-2026, para el profesorado de religión con contrato laboral
indefinido que imparte enseñanzas en centros públicos no universitarios dependientes esta
Consejería.
Habiéndose advertido error en el punto 7.2 de la base séptima de la citada Resolución
de 7 de marzo de 2025, Características de la licencia, y con el fin de cumplir con la normativa vigente en materia de Seguridad Social, procede corregir el contenido de dicho punto
como se indica a continuación:
Primero
Donde dice:
“La Administración cotizará únicamente por la parte correspondiente a la cuota patronal derivada de contingencias comunes, siendo la base de cotización la que correspondería
de haber continuado su prestación de servicios”.
Debe decir:
“La Administración cotizará únicamente por la parte correspondiente a la cuota patronal derivada de contingencias comunes, siendo la base de cotización la mínima correspondiente al grupo de su categoría profesional”.
Segundo
BOCM-20250506-15
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa en el plazo de
un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 15 de abril de 2025.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/6.232/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 107
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
15
CORRECCIÓN de errores de 15 de abril de 2025, de la Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan permisos parcialmente retribuidos a partir del curso 2025-2026, así como licencias de un curso
sin retribución para el curso 2025-2026, para el profesorado de religión con
contrato laboral indefinido que imparte enseñanzas en centros públicos no universitarios dependientes de Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
Por Resolución de 7 de marzo de 2025 de la Dirección General de Recursos Humanos
de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 70, de 24 de marzo de 2025), se convocaron permisos parcialmente retribuidos a partir del curso 2025-2026, así como licencias de un curso sin retribución para el curso 2025-2026, para el profesorado de religión con contrato laboral
indefinido que imparte enseñanzas en centros públicos no universitarios dependientes esta
Consejería.
Habiéndose advertido error en el punto 7.2 de la base séptima de la citada Resolución
de 7 de marzo de 2025, Características de la licencia, y con el fin de cumplir con la normativa vigente en materia de Seguridad Social, procede corregir el contenido de dicho punto
como se indica a continuación:
Primero
Donde dice:
“La Administración cotizará únicamente por la parte correspondiente a la cuota patronal derivada de contingencias comunes, siendo la base de cotización la que correspondería
de haber continuado su prestación de servicios”.
Debe decir:
“La Administración cotizará únicamente por la parte correspondiente a la cuota patronal derivada de contingencias comunes, siendo la base de cotización la mínima correspondiente al grupo de su categoría profesional”.
Segundo
BOCM-20250506-15
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa en el plazo de
un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 15 de abril de 2025.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/6.232/25)
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