B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250509-1)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1073/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Superior, Especialidad de Pedagogía (Grupo I, Nivel 9, Área D) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 110

los sucesivos ejercicios celebrados, en su orden, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para los mismos aspirantes, sin incluir los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
5. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del órgano de selección calificador la posibilidad de invertir el orden de realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho
de todas las personas aspirantes a una resolución del proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
6. El órgano de selección calificador, con carácter previo a la celebración
de los ejercicios de esta convocatoria, publicará en el enlace de la página web de
la Comunidad de Madrid correspondiente al mismo, accesible a través de
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid , los criterios concretos de corrección de cada uno de ellos.
7. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “U”, de conformidad con la Resolución
de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).
8. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del órgano de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente,
que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.
La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos
ejercicios, así como la de la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará
en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace:
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid
9. La celebración del primer ejercicio se realizará en el primer trimestre de 2026.
Novena
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el órgano de selección calificador se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de este proceso selectivo se calificarán de la forma siguiente:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero (0) a veinte (20) puntos, siendo necesario
para superarlo obtener un mínimo de diez (10) puntos.
2.2. Segundo ejercicio: cada uno de los temas se calificará de cero (0) a veinte (20)
puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo diez (10) puntos en
cada uno de ellos.
La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los temas, debiendo estar comprendida entre cero (0) y cuarenta puntos (40), siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte (20) puntos.
2.3 Tercer ejercicio: cada uno de los supuestos prácticos se calificará de cero (0) a
veinte (20) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez (10) puntos
encada uno de ellos.
La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada uno de los supuestos, debiendo estar comprendida entre cero (0) y cuarenta
puntos (40), siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte (20) puntos.
3. En cuanto a la calificación final, el órgano de selección se ajustará a lo previsto en
la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, viniendo determinado el orden de las personas aspirantes por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios

BOCM-20250509-1

Calificación del proceso selectivo