C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250509-17)
Crédito presupuestario ayudas –  Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa en el año 2025 del Programa de Ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 110

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
17

ORDEN de 24 de abril de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles
para la concesión directa en el año 2025 del Programa de Ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional,
aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles
para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.
Aprobadas las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa del Programa de Ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia mediante Acuerdo de
Consejo de Gobierno, de 26 de marzo de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 2 de abril de 2025), al concurrir las razones excepcionales establecidas para la
aplicación del procedimiento de concesión directa, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración
de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que
se deriven de su concesión, como órgano concedente e las referidas ayudas, de acuerdo con
el artículo 7 de la citada Ley 2/1995.
RESUELVO
Primero
La declaración del importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las
obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2025,
de las subvenciones para el programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia es de 3.800.000 euros.

Las referidas obligaciones se financiarán con cargo a los siguientes subconceptos del
Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid del año 2025.
— Subconcepto 47200 del Programa 241N: 1.900.000 euros.
— Subconcepto 77400 del Programa 241N: 1.900.000 euros.
Contra esta Orden que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse bien recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno
deducir, todo ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como en los artículos 10, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 24 de abril de 2025.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 7 de mayo de 2024), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez
Asensio.
(03/6.706/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250509-17

Segundo