Arroyomolinos (BOCM-20250516-51)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 116

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51

ARROYOMOLINOS

Se hace público para general conocimiento que, la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Arroyomolinos (Madrid), el día 28 de abril de 2025, ha dictado el decreto/resolución número 1379/2025, de avocación de competencias en el expediente de contratación
denominado “Servicio de grúa para retirada y traslado de vehículos”, cuya parte resolutiva
es la siguiente:
“Primero.—Avocar la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local en virtud del
decreto de Alcaldía número 1974/2023, de 23 de junio, para dictar el presente acto administrativo de convalidación de las propuestas de clasificación de ofertas y requerimiento de documentación del contrato administrativo de servicio denominado “Servicio de grúa para retirada y traslado de vehículos” del municipio de Arroyomolinos (Madrid), formuladas por la
Mesa de Contratación en su sesión de 11 de abril de 2025, por razones de eficacia y conveniencia, y con el fin de no sujetar la producción del acto a requisitos de convocatoria y de celebración de sesión de la Junta de Gobierno Local, que no pueden ser atendidos por la urgencia y falta de tiempo material para continuar con la tramitación del expediente de contratación.
Segundo.—La avocación surtirá efectos en el momento en el que se suscriba el presente acto administrativo, independientemente del momento de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Tercero.—Convalidar en todos sus términos, las propuestas de clasificación de ofertas
y requerimiento de documentación del contrato administrativo de servicio denominado
“Servicio de grúa para retirada y traslado de vehículos” del municipio de Arroyomolinos
(Madrid), formuladas por la Mesa de Contratación en su sesión de 11 de abril de 2025,
así como los actos administrativos derivados de las mismas y otorgar eficacia retroactiva
al presente decreto de convalidación al cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 39.3 de la de la LPACAP.
Cuarto.—Publicar el presente decreto en el “perfil del contratante” del Órgano de Contratación, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Quinto.—Contra el acto de avocación, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se produzca su notificación
o publicación, según los casos; o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contado de igual forma, y conforme a las normas de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Frente al fondo del asunto objeto del presente decreto no cabe recurso al tratarse acto
de trámite.
Sexto.—Dar cuenta del presente decreto al Pleno del Ayuntamiento, en la primera sesión ordinaria que celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación
con el 38.d) del ROF.
Séptimo.—Comunicarla en extracto a la Administración General del Estado y a la de
la Comunidad de Madrid.
Lo que se dicta en Arroyomolinos, el día de la fecha de la firma electrónica inserta en
el cajetín de numeración de este Decreto, en la parte superior del mismo”.
En Arroyomolinos, a 5 de mayo de 2025.—El alcalde-presidente, Luis Quiroga Toledo.
(03/7.061/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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