San Agustín del Guadalix (BOCM-20250516-63)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 116

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63

SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20250516-63

Se hace público a los efectos oportunos que esta Alcaldía-Presidencia mediante decreto número 827/2025, de 29 de abril, ha resuelto en su parte sustantiva:
Primero.—Conceder delegación especial a todos los concejales que de derecho constituyen la Corporación municipal para que, en el ejercicio de la competencia prevista en el
artículo 51 del Código Civil, y en la forma que el propio código establece, autoricen matrimonios civiles.
Segundo.—Mediante decreto de Alcaldía se autorizará de forma expresa la celebración
de matrimonio civil, en el que se indicarán los datos de los contrayentes, el día y la hora, así
como la designación del concejal a quien corresponda ejercer esta delegación, pudiendo ser
celebrado por esta Alcaldía en cuyo caso se entenderá automáticamente avocada la presente
delegación para el matrimonio correspondiente sin necesidad de más trámite.
Tercero.—El presente decreto entrará en vigor desde el mismo día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto.—La presente delegación se entenderá aceptada tácitamente por cada uno de
los delegados si en el término de tres días hábiles contados desde su notificación, no hacen
manifestación expresa ante esta Alcaldía de su no aceptación.
Quinto.—Notificar el presente decreto a los concejales-delegados.
En San Agustín del Guadalix, a 5 de mayo de 2025.—El alcalde, Roberto Ronda Villegas.
(03/7.021/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791