Madrid (BOCM-20250516-43)
Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 116
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE MAYO DE 2025
Pág. 189
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
Extracto del decreto de 6 de mayo de 2025, del delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, por el que se aprueba la convocatoria del Certamen Jóvenes Creadores 2025 “Premios Madroño”.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index
Primero. Beneficiarios.—Españoles/as, independientemente del lugar de residencia
en el momento de la solicitud, y extranjeros/as que residan legalmente en España y que tengan edades comprendidas entre los 14 y 30 años, ambas incluidas, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Para los grupos, todas las personas integrantes deberán tener dicha edad.
En la modalidad de cortometraje se tomará como referencia la edad del director o directora.
Segundo. Objeto.—Establecer y consolidar áreas de participación de los y las jóvenes en los diferentes campos de la creación artística, literaria e innovación cultural, así
como premiar y reconocer el talento artístico, literario, el trabajo y el esfuerzo, destacando
especialmente los valores que transmiten y promueven.
Las modalidades objeto de la convocatoria son: cortometraje, danza, fotografía, microteatro, música, obra plástica, poesía y relato corto.
Tercero. Bases reguladoras.—El Certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, por la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013, y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria es 68.000 euros,
estableciéndose para cada una de las ocho modalidades un primer premio de 5.000 euros y
un segundo premio de 3.500 euros. De la cuantía del premio se procederá a practicar la correspondiente retención fiscal.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de inscripción y presentación de las obras de todas las modalidades será de 20 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de
Educación, Juventud y Voluntariado, y el Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.
Séptimo. Publicación.—El decreto de concesión se publicará en el “Boletín Oficial
del Ayuntamiento de Madrid”. Además, podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es .
Octavo. Otros datos.—Las personas participantes que resulten premiadas deberán
aportar los datos bancarios de acuerdo con el modelo establecido, impreso T (alta de IBAN
para pago por transferencia), necesarios para hacer efectivo el pago del premio. En el caso
de los grupos, deberá ser la persona que figure como interesada en el apartado 1 de la solicitud quien deba dar cumplimiento a esta obligación.
BOCM-20250516-43
BDNS IDENTIF: 831289
B.O.C.M. Núm. 116
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE MAYO DE 2025
Pág. 189
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
Extracto del decreto de 6 de mayo de 2025, del delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, por el que se aprueba la convocatoria del Certamen Jóvenes Creadores 2025 “Premios Madroño”.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index
Primero. Beneficiarios.—Españoles/as, independientemente del lugar de residencia
en el momento de la solicitud, y extranjeros/as que residan legalmente en España y que tengan edades comprendidas entre los 14 y 30 años, ambas incluidas, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Para los grupos, todas las personas integrantes deberán tener dicha edad.
En la modalidad de cortometraje se tomará como referencia la edad del director o directora.
Segundo. Objeto.—Establecer y consolidar áreas de participación de los y las jóvenes en los diferentes campos de la creación artística, literaria e innovación cultural, así
como premiar y reconocer el talento artístico, literario, el trabajo y el esfuerzo, destacando
especialmente los valores que transmiten y promueven.
Las modalidades objeto de la convocatoria son: cortometraje, danza, fotografía, microteatro, música, obra plástica, poesía y relato corto.
Tercero. Bases reguladoras.—El Certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, por la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013, y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria es 68.000 euros,
estableciéndose para cada una de las ocho modalidades un primer premio de 5.000 euros y
un segundo premio de 3.500 euros. De la cuantía del premio se procederá a practicar la correspondiente retención fiscal.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de inscripción y presentación de las obras de todas las modalidades será de 20 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de
Educación, Juventud y Voluntariado, y el Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.
Séptimo. Publicación.—El decreto de concesión se publicará en el “Boletín Oficial
del Ayuntamiento de Madrid”. Además, podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es .
Octavo. Otros datos.—Las personas participantes que resulten premiadas deberán
aportar los datos bancarios de acuerdo con el modelo establecido, impreso T (alta de IBAN
para pago por transferencia), necesarios para hacer efectivo el pago del premio. En el caso
de los grupos, deberá ser la persona que figure como interesada en el apartado 1 de la solicitud quien deba dar cumplimiento a esta obligación.
BOCM-20250516-43
BDNS IDENTIF: 831289