B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250516-5)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 29 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Educador (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 116

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Educador (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid,
al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Mediante Orden 2255/2022, de 17 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 255, de 26 de octubre), corrección de errores BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 297, de 14 de diciembre y corrección de errores BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 311, de 30 de diciembre, se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Educador (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
De conformidad con lo dispuesto en la base décima de la Orden 2255/2022, de 17 de
octubre, anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por el
tribunal calificador la relación definitiva de personas aspirantes aprobadas en el referido
proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente
resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquellas a la acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación
establecidos en la señalada orden de convocatoria.
En virtud de cuanto antecede, este centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE
Primero
Declarar, a propuesta del tribunal calificador del mencionado proceso selectivo, que
han superado el mismo las personas incluidas en la relación que se incorpora como Anexo
de la presente resolución.

Con objeto de adquirir la condición de personal laboral, las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la
publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para elegir destino y presentar la documentación que se indica, exigida en la base décima
de la aludida Orden 2255/2022, de 17 de octubre, así como en el apartado primero de la
base quinta de la Orden 1021/2021, de 27 de abril, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral
al servicio de la Administración de la Comunidad, dirigida a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin perjuicio de
lo establecido en el punto 2 de este apartado segundo:
A) Copia del DNI y, en su caso, demás documentación que fuera precisa a efectos de
acreditar el cumplimiento de los requisitos de edad y nacionalidad, respectivamente.

BOCM-20250516-5

Segundo