D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250517-3)
Convenio – Convenio de 28 de abril de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Taller de Arquitectura 10, S. L., para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 117
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE MAYO DE 2025
Pág. 21
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
3
CONVENIO de 28 de abril de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades) y Taller de Arquitectura 10, S. L., para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño.
REUNIDOS
De una parte, D.a Marina Arespacochaga Maroto, Directora de la Escuela Superior de
Diseño, con código de centro 28072508 y sede en la calle del Camino de los Vinateros, n.o
106 Madrid 28030, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid (Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades), por delegación del titular de la consejería, efectuada
por Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el
Protectorado de Fundaciones, y en virtud del nombramiento efectuado por Resolución de
la Dirección del Área Territorial Madrid Capital de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de fecha 6 de septiembre de 2022 con efectos administrativos
de 1 de julio de 2022.
De otra, D.a Almudena Díez Sobrino, Administradora Única del Taller de Arquitectura 10, S. L., con domicilio social en la calle Costanilla de San Pedro, número 9, bajo, izquierda, 28005 Madrid, según consta en la escritura de constitución con número mil ciento
sesenta y uno, firmada en Madrid, el dos de marzo de dos mil dieciséis ante el notario del
Ilustre Colegio de Madrid D. Ángel Almoguera Gómez.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar
el presente convenio.
1. Que la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades es el órgano de la
Administración de la Comunidad de Madrid que tiene atribuidas con carácter general las
competencias en materia de educación, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 38/2023, de 23
de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y
denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
2. La Escuela Superior de Diseño es un centro educativo superior de titularidad de la
Comunidad de Madrid dependiente de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
que imparte las enseñanzas artísticas superiores de diseño establecidas en la Ley 1/2024, de 7
de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales, que centra su actividad en
la formación oficial superior de los profesionales de diseño, para lo cual se necesita disponer de una formación práctica adecuada a las prácticas externas contempladas en el plan de
estudios, a los efectos de contribuir a la formación integral de los alumnos, completando los
conocimientos adquiridos en su formación académica con aquellos de carácter práctico que
les permitan la adquisición de las competencias necesarias para la consecución de los objetivos de aprendizaje previstos y en consecuencia del perfil del egresado adecuado a lo dispuesto en el plan de estudios.
3. Taller de Arquitectura 10, S. L., realiza servicios de arquitectura, ingeniería y diseño de interiores en el campo de la arquitectura y el urbanismo. También realiza actividades de gestión y asesoramiento de proyectos de obras parciales y totales de decoración y
venta de artículos decorativos, así como la compra, venta, diseño y creación de toda clase
de dibujos y distintivos gráficos, con el objeto de ser explotados comercialmente mediante
cualquier fórmula de contrato. Colabora con otros profesionales y artistas para la promoción y venta de productos diseñados por ellos.
4. En consecuencia, existe una coincidencia en los fines de ambas partes y a través
del presente convenio manifiestan su común interés en colaborar, dentro de sus respectivos
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EXPONEN
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE MAYO DE 2025
Pág. 21
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
3
CONVENIO de 28 de abril de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades) y Taller de Arquitectura 10, S. L., para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño.
REUNIDOS
De una parte, D.a Marina Arespacochaga Maroto, Directora de la Escuela Superior de
Diseño, con código de centro 28072508 y sede en la calle del Camino de los Vinateros, n.o
106 Madrid 28030, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid (Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades), por delegación del titular de la consejería, efectuada
por Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el
Protectorado de Fundaciones, y en virtud del nombramiento efectuado por Resolución de
la Dirección del Área Territorial Madrid Capital de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de fecha 6 de septiembre de 2022 con efectos administrativos
de 1 de julio de 2022.
De otra, D.a Almudena Díez Sobrino, Administradora Única del Taller de Arquitectura 10, S. L., con domicilio social en la calle Costanilla de San Pedro, número 9, bajo, izquierda, 28005 Madrid, según consta en la escritura de constitución con número mil ciento
sesenta y uno, firmada en Madrid, el dos de marzo de dos mil dieciséis ante el notario del
Ilustre Colegio de Madrid D. Ángel Almoguera Gómez.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar
el presente convenio.
1. Que la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades es el órgano de la
Administración de la Comunidad de Madrid que tiene atribuidas con carácter general las
competencias en materia de educación, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 38/2023, de 23
de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y
denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
2. La Escuela Superior de Diseño es un centro educativo superior de titularidad de la
Comunidad de Madrid dependiente de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
que imparte las enseñanzas artísticas superiores de diseño establecidas en la Ley 1/2024, de 7
de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales, que centra su actividad en
la formación oficial superior de los profesionales de diseño, para lo cual se necesita disponer de una formación práctica adecuada a las prácticas externas contempladas en el plan de
estudios, a los efectos de contribuir a la formación integral de los alumnos, completando los
conocimientos adquiridos en su formación académica con aquellos de carácter práctico que
les permitan la adquisición de las competencias necesarias para la consecución de los objetivos de aprendizaje previstos y en consecuencia del perfil del egresado adecuado a lo dispuesto en el plan de estudios.
3. Taller de Arquitectura 10, S. L., realiza servicios de arquitectura, ingeniería y diseño de interiores en el campo de la arquitectura y el urbanismo. También realiza actividades de gestión y asesoramiento de proyectos de obras parciales y totales de decoración y
venta de artículos decorativos, así como la compra, venta, diseño y creación de toda clase
de dibujos y distintivos gráficos, con el objeto de ser explotados comercialmente mediante
cualquier fórmula de contrato. Colabora con otros profesionales y artistas para la promoción y venta de productos diseñados por ellos.
4. En consecuencia, existe una coincidencia en los fines de ambas partes y a través
del presente convenio manifiestan su común interés en colaborar, dentro de sus respectivos
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