B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250519-1)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1063/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Estadística, de la Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE MAYO DE 2025
Pág. 19
Novena
Calificación del proceso selectivo
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el órgano de selección se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y
a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez puntos.
2.2. Segundo ejercicio: se calificará de cero a cuarenta puntos.
Cada uno de los temas se calificará de cero a veinte puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de diez puntos en cada tema. La calificación final de este
ejercicio será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de
los temas, debiendo estar comprendida entre cero y cuarenta puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.
2.3. Tercer ejercicio: se calificará de cero a cuarenta puntos.
Cada uno de los supuestos se calificará de cero a veinte puntos y será necesario para
superar el ejercicio obtener un mínimo de diez puntos en cada supuesto práctico. La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos, debiendo estar comprendida entre cero y cuarenta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.
3. A efectos de la calificación final del proceso, el órgano de selección se ajustará a
lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquella por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman
BOCM-20250519-1
do en estos casos cada ejercicio objeto de corrección independiente, pasando únicamente a
valorar los sucesivos ejercicios celebrados, en su orden, para aquellas personas aspirantes
que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco (5) horas en la misma sesión diaria para los mismos aspirantes, sin incluir los
tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
5. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del órgano de selección la posibilidad de invertir el orden realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las
personas aspirantes a una resolución del proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
6. El órgano de selección, con carácter previo a la celebración de los ejercicios
de la fase de oposición de este proceso selectivo, publicará en el enlace de la página
web de la Comunidad de Madrid correspondiente al mismo, accesible a través de
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid , los criterios concretos de corrección de cada uno de ellos
que, en su caso, no se encuentren expresamente establecidos en la presente Orden.
7. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “U”, de conformidad con la Resolución
de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).
8. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del órgano de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente,
que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.
La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos
ejercicios, así como la de la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará
en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace:
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid
9. La celebración del primer ejercicio se realizará en el primer trimestre de 2026.
B.O.C.M. Núm. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE MAYO DE 2025
Pág. 19
Novena
Calificación del proceso selectivo
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el órgano de selección se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y
a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez puntos.
2.2. Segundo ejercicio: se calificará de cero a cuarenta puntos.
Cada uno de los temas se calificará de cero a veinte puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de diez puntos en cada tema. La calificación final de este
ejercicio será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de
los temas, debiendo estar comprendida entre cero y cuarenta puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.
2.3. Tercer ejercicio: se calificará de cero a cuarenta puntos.
Cada uno de los supuestos se calificará de cero a veinte puntos y será necesario para
superar el ejercicio obtener un mínimo de diez puntos en cada supuesto práctico. La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos, debiendo estar comprendida entre cero y cuarenta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.
3. A efectos de la calificación final del proceso, el órgano de selección se ajustará a
lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquella por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman
BOCM-20250519-1
do en estos casos cada ejercicio objeto de corrección independiente, pasando únicamente a
valorar los sucesivos ejercicios celebrados, en su orden, para aquellas personas aspirantes
que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco (5) horas en la misma sesión diaria para los mismos aspirantes, sin incluir los
tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
5. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del órgano de selección la posibilidad de invertir el orden realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las
personas aspirantes a una resolución del proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
6. El órgano de selección, con carácter previo a la celebración de los ejercicios
de la fase de oposición de este proceso selectivo, publicará en el enlace de la página
web de la Comunidad de Madrid correspondiente al mismo, accesible a través de
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid , los criterios concretos de corrección de cada uno de ellos
que, en su caso, no se encuentren expresamente establecidos en la presente Orden.
7. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “U”, de conformidad con la Resolución
de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 25 de marzo).
8. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del órgano de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente,
que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.
La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos
ejercicios, así como la de la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará
en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace:
http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid
9. La celebración del primer ejercicio se realizará en el primer trimestre de 2026.