B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250519-4)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1099/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Ciencias Experimentales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE MAYO DE 2025
Pág. 37
BASES ESPECÍFICAS
Primera
Normas generales
1. Se convocan dos procesos selectivos para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos
Superiores Especialistas, Especialidad de Ciencias Experimentales, de Administración
Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, uno para la cobertura de
once (11) plazas por el sistema de acceso libre y otro para cubrir seis (6) plazas por el sistema de promoción interna.
Del total de las 11 plazas convocadas por el sistema de acceso libre, 8 corresponden a
la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2022, aprobada mediante Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 30 de mayo), y 3 a la Oferta de Empleo Público
de la Comunidad de Madrid para el año 2023, aprobada por Decreto 53/2023, de 17 de
mayo, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el
año 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 19 de mayo).
Estas tres plazas figuran en el Decreto 53/2023, de 17 de mayo, en el Cuerpo de Técnicos
y Diplomados Especialistas, Especialidad de Ciencias Experimentales, A2, especialidad
declarada a extinguir en virtud del Decreto 80/2024, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen las Especialidades dentro de los Cuerpos y Escalas de la Administración Especial de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 179, de 29 de julio), razón por la que se incluyen en esta convocatoria,
conforme a la Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Directora General de Función
Pública, por la que se establece la equivalencia entre las especialidades funcionariales declaradas a extinguir y las especialidades vigentes, a efectos de la convocatoria de procesos
selectivos para el acceso de funcionarios de carrera de nuevo ingreso (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 289, de 4 de diciembre).
Las 6 plazas convocadas por el sistema de promoción interna corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2024, aprobada mediante Decreto 58/2024, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público para el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 140, de 13 de junio).
2. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con
discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reservan dos (2) plazas del total de las convocadas, una (1) por el turno libre y una (1) por el
de promoción interna. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad se acumularán a
las del cupo general de cada uno de los sistemas de acceso, en caso de no haber personas
aspirantes aprobadas por cada uno de dichos cupos.
3. El proceso selectivo del turno de promoción interna se convoca de forma independiente al de acceso por el turno libre.
Segunda
1. Los procesos selectivos convocados al amparo de la presente Orden cumplirán el
principio de igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo
con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, evitando cualquier discriminación directa o indirecta en el acceso, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.
2. Por parte del órgano de selección de los presentes procesos selectivos, se velará
en todo momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades
a lo largo de todo el desarrollo del mismo.
Tercera
Personas aspirantes
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta.1 de la Orden 290/2018, de 27 de ju-
BOCM-20250519-4
Principio de igualdad
B.O.C.M. Núm. 118
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE MAYO DE 2025
Pág. 37
BASES ESPECÍFICAS
Primera
Normas generales
1. Se convocan dos procesos selectivos para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos
Superiores Especialistas, Especialidad de Ciencias Experimentales, de Administración
Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, uno para la cobertura de
once (11) plazas por el sistema de acceso libre y otro para cubrir seis (6) plazas por el sistema de promoción interna.
Del total de las 11 plazas convocadas por el sistema de acceso libre, 8 corresponden a
la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2022, aprobada mediante Decreto 30/2022, de 25 de mayo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 30 de mayo), y 3 a la Oferta de Empleo Público
de la Comunidad de Madrid para el año 2023, aprobada por Decreto 53/2023, de 17 de
mayo, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el
año 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 19 de mayo).
Estas tres plazas figuran en el Decreto 53/2023, de 17 de mayo, en el Cuerpo de Técnicos
y Diplomados Especialistas, Especialidad de Ciencias Experimentales, A2, especialidad
declarada a extinguir en virtud del Decreto 80/2024, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen las Especialidades dentro de los Cuerpos y Escalas de la Administración Especial de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 179, de 29 de julio), razón por la que se incluyen en esta convocatoria,
conforme a la Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Directora General de Función
Pública, por la que se establece la equivalencia entre las especialidades funcionariales declaradas a extinguir y las especialidades vigentes, a efectos de la convocatoria de procesos
selectivos para el acceso de funcionarios de carrera de nuevo ingreso (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID número 289, de 4 de diciembre).
Las 6 plazas convocadas por el sistema de promoción interna corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2024, aprobada mediante Decreto 58/2024, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público para el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 140, de 13 de junio).
2. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con
discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reservan dos (2) plazas del total de las convocadas, una (1) por el turno libre y una (1) por el
de promoción interna. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad se acumularán a
las del cupo general de cada uno de los sistemas de acceso, en caso de no haber personas
aspirantes aprobadas por cada uno de dichos cupos.
3. El proceso selectivo del turno de promoción interna se convoca de forma independiente al de acceso por el turno libre.
Segunda
1. Los procesos selectivos convocados al amparo de la presente Orden cumplirán el
principio de igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo
con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, evitando cualquier discriminación directa o indirecta en el acceso, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.
2. Por parte del órgano de selección de los presentes procesos selectivos, se velará
en todo momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades
a lo largo de todo el desarrollo del mismo.
Tercera
Personas aspirantes
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta.1 de la Orden 290/2018, de 27 de ju-
BOCM-20250519-4
Principio de igualdad