Madrid (BOCM-20250519-64)
Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE MAYO DE 2025

Pág. 193

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
Extracto del decreto de 7 de mayo de 2025, del delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, para ampliar el plazo establecido inicialmente de la
“Convocatoria pública de subvenciones 2025 a entidades e instituciones de carácter social
sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad y contra la Violencia de Género”.

Tras el decreto de fecha 3 de abril de 2025, se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2025 del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, a través de
la Dirección General de Igualdad y contra la Violencia de Género, a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las
actuaciones de la Dirección General de Igualdad y contra la Violencia de Género para el
ejercicio económico 2025.
El apartado 6.2 del texto de la convocatoria dispone que el plazo de presentación de
solicitudes es de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dicho extracto fue publicado el día 21 de abril de 2025, por lo que el plazo para presentar solicitudes se extiende
desde el día 22 de abril de 2025 hasta el día 14 de mayo de 2025, ambos inclusive. El mecanismo de presentación es telemáticamente, completando y firmando los formularios
puestos a disposición en la sede electrónica https://sede.madrid.es , y descritos en el artículo 6.3 del texto de la convocatoria.
El día 24 de abril de 2025, diversas entidades comunicaron la existencia de un error
técnico en el funcionamiento del Anexo I de la convocatoria, al entrar en conflicto determinados apartados (campos de recogida de datos) de dicho Anexo I.
Este fallo imposibilita que el Anexo I se pueda completar en su totalidad y por lo tanto la correcta realización del trámite de la solicitud.
Dado que la comunicación de la incidencia se ha producido dentro del plazo establecido es posible acordar una ampliación de los plazos no vencidos, estableciendo su publicación en la sede electrónica tanto el fallo técnico acontecido como de la ampliación concreta del plazo no vencido (artículos 32.1, 32.4 y 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) así como, la
publicación de dicho acuerdo en web municipal y en sede electrónica.
Por este motivo, para facilitar la máxima concurrencia en el procedimiento, garantizar
la efectiva disponibilidad de los plazos otorgados en el artículo 6.2 del texto de la convocatoria y evitar que un error técnico detectado en el funcionamiento del Anexo I lesione derechos de terceros, se estima procedente ampliar un plazo adicional de siete días hábiles
para presentar la documentación prevista en el artículo 6.3 de la convocatoria.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.º1.9 del Acuerdo de 29
de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, a propuesta de la
Dirección General de Igualdad y Contra la Violencia de Género
DISPONGO
Primero.—Ampliar el plazo establecido inicialmente para la presentación de solicitudes en siete días hábiles.

BOCM-20250519-64

BDNS 825175