B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250520-10)
Resolución proceso selectivo – Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelven las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal funcionario para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Gestión de Empleo, de Administración Especial, Grupo a, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 119
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros reseñados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Tercero
De conformidad con lo previsto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la
ya reiterada Orden 290/2018, de 27 de junio, las personas aspirantes que, dentro del plazo
habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no
acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente, o de la obtenida de la consulta
practicada de oficio en los supuestos descritos, se dedujera que carecen de alguno de los
mismos, perderán su derecho a ser nombradas personal funcionario de carrera del Cuerpo
de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Gestión de Empleo, de Administración
Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia o documentación.
Cuarto
BOCM-20250520-10
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función
Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 7 de mayo de 2025.—La Directora General de Función Pública (por delegación de firma, mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Elisa Isabel Moreno Bernis.
Pág. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 119
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros reseñados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno
de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Tercero
De conformidad con lo previsto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la
ya reiterada Orden 290/2018, de 27 de junio, las personas aspirantes que, dentro del plazo
habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no
acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia, o si del examen de la documentación correspondiente, o de la obtenida de la consulta
practicada de oficio en los supuestos descritos, se dedujera que carecen de alguno de los
mismos, perderán su derecho a ser nombradas personal funcionario de carrera del Cuerpo
de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Gestión de Empleo, de Administración
Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia o documentación.
Cuarto
BOCM-20250520-10
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función
Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 7 de mayo de 2025.—La Directora General de Función Pública (por delegación de firma, mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Elisa Isabel Moreno Bernis.