Madrid (BOCM-20250521-36)
Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 180
MIÉRCOLES 21 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 120
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
36
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
Extracto del Decreto de 21 de abril de 2025, del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2025 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de mayores y
Prevención de la Soledad no Deseada (Madrid, red contra la soledad).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
https://www.pap.hacienda.gob.es
BDNS (Identif.): 830216
Primero
Beneficiarios
Entidades e Instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.
Segundo
Objeto
Desarrollo de proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de
mayores y Prevención de la Soledad no Deseada.
Tercero
Bases reguladoras
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013.
Cuarto
El importe total destinado a esta convocatoria es 310.000 euros.
Los tramos de puntuación e importe correspondiente de subvención de esta convocatoria son los siguientes:
— Primer tramo: de 91 a 100 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de
80.000,00 euros.
— Segundo tramo: de 81 a 90 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de
60.000,00 euros.
— Tercer tramo: de 70 a 80 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de
40.000,00 euros.
En cualquier caso, la cuantía de la subvención no podrá exceder del 80% del coste total del proyecto presentado.
BOCM-20250521-36
Cuantía
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 180
MIÉRCOLES 21 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 120
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
36
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad
Extracto del Decreto de 21 de abril de 2025, del Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2025 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de mayores y
Prevención de la Soledad no Deseada (Madrid, red contra la soledad).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
https://www.pap.hacienda.gob.es
BDNS (Identif.): 830216
Primero
Beneficiarios
Entidades e Instituciones de carácter social sin ánimo de lucro.
Segundo
Objeto
Desarrollo de proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de
mayores y Prevención de la Soledad no Deseada.
Tercero
Bases reguladoras
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013.
Cuarto
El importe total destinado a esta convocatoria es 310.000 euros.
Los tramos de puntuación e importe correspondiente de subvención de esta convocatoria son los siguientes:
— Primer tramo: de 91 a 100 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de
80.000,00 euros.
— Segundo tramo: de 81 a 90 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de
60.000,00 euros.
— Tercer tramo: de 70 a 80 puntos, la cuantía máxima a subvencionar será de
40.000,00 euros.
En cualquier caso, la cuantía de la subvención no podrá exceder del 80% del coste total del proyecto presentado.
BOCM-20250521-36
Cuantía