C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250619-14)
Plan general de urbanismo –  Acuerdo de 11 de junio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Las Rozas de Madrid en el ámbito P. R. V-1 “Európolis” y Área de Cabo Rufino Lázaro, así como del artículo 4.2.6 de las Normas Urbanísticas (definición del uso industrial)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 19 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 145

V. En cuanto al procedimiento ambiental, con fecha 12 de agosto de 2024 la propuesta fue valorada favorablemente en el Informe Ambiental Estratégico emitido por la
Dirección General de Transición Energética y Economía Circular.
VI. En relación con el análisis y valoración de la Modificación Puntual, con fecha 14
de mayo de 2025, la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior emitió informe técnico y, con fecha 20 de mayo de 2025, emitió
informe jurídico, ambos favorables a su aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno.
VII. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites
previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, citada, que regula el procedimiento de aprobación de los planes generales y de sus modificaciones y revisiones en su
fase municipal.
VIII. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 29 mayo de 2025,
aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo el día 21 de
mayo de 2025, informó favorablemente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Las Rozas de Madrid en el ámbito P.R. V-1 “Európolis” y área de
Cabo Rufino Lázaro, así como del artículo 4.2.6 de las Normas Urbanísticas (Definición
del uso industrial).
IX. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la mencionada Ley 9/2001,
de 17 de julio, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre
en el presente supuesto.
X. Según lo establecido en los artículos 65 y 66 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se
depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, sita en la calle Alcalá, número 16, 5.a
planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.
Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con
el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.
En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la
sesión celebrada el 29 de mayo de 2025, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente,
Agricultura e Interior, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 11
de junio de 2025,
ACUERDA
Primero
Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Las Rozas de Madrid en el ámbito P.R. V-1 “Európolis” y área de Cabo Rufino Lázaro,
así como del artículo 4.2.6 de las Normas Urbanísticas (Definición del uso industrial).
Segundo

Tercero
Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid con indicación
de que deberá proceder a la publicación del contenido normativo del plan, conforme al artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así
como a la publicación del contenido que corresponda de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

BOCM-20250619-14

Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.1.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo
de la Comunidad de Madrid.