Tres Cantos (BOCM-20250620-87)
Urbanismo. Proyecto urbanización
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 146

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE JUNIO DE 2025

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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TRES CANTOS

Expediente 24PE0001. Iniciativa de compensación: Convenio y proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecución UE.5, promovido por Arakal Business, S. L.
La Junta de Gobierno Local, celebrada el 11 de junio de 2025, ha adoptado el acuerdo
número 225/2025, cuya parte dispositiva es la siguiente:
«1. Acordar la tramitación urgente del procedimiento correspondiente a la iniciativa
de compensación presentada por Arakal Business, S. L., en relación con la unidad de ejecución de suelo urbano no consolidado UE-5.
2. Admitir a trámite la iniciativa de compensación presentada por Arakal Business,
S. L., en relación con la unidad de ejecución de suelo urbano no consolidado UE-5.
3. Aprobar inicialmente el proyecto de urbanización de la UE-5 (documento presentado el 22.1.2025 (RE número 2010/2025), así como la documentación actualizada relativa
a la gestión de residuos presentada el 10.4.2025 (RE n.o 11514/2025) y la relativa a energía
eléctrica y alumbrado público presentada el 29.5.2025 (RE n.o 16157/2025) recordando que:
— Los servicios e instalaciones han de cumplir las prescripciones técnicas que se exijan en aplicación de la normativa vigente, así como en los acuerdos que se obtengan con las respectivas compañías, como propietarias de esos servicios. Esos serían los casos específicos de la implantación de nuevas infraestructuras de
servicios como pudiera ser la depuradora de aguas residuales o el tratamiento de
las aguas pluviales, que han de tener la conformidad tanto de los organismos concurrentes, como de las empresas suministradoras de servicio para la correcta aprobación definitiva de este documento.
— El Proyecto de Urbanización está considerado como un proyecto de “coordinación” para la impulsión de los distintos servicios urbanísticos, estando cada uno de
ellos abierto y subordinado a las condiciones establecidas por las respectivas compañías suministradoras, que actúan como agentes receptores; y se han de ejecutar
de acuerdo con las normativas propias de cada uno de ellos y con la conformidad
de las respectivas compañías receptoras. Este es el caso la red de distribución de
energía eléctrica, tanto en media como en baja tensión, la cual se deberá ejecutarse según las determinaciones técnicas, cumpliendo sus especificaciones de diseño,
propuestas de conexión y dimensionamiento y siguiendo la tramitación que determinada por la empresa distribuidora de zona, hasta que se produzca de forma efectiva la recepción de toda la red de baja y media tensión definida por este Proyecto
de Urbanización por de dicha compañía (en este caso I-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU). Es por ello, que la dicha red deberá tener la conformidad en todas
sus fases (dimensionamiento, autorización, ejecución y recepción) de I-DE Redes
Eléctricas Inteligentes SAU.
En cuanto a la red de alumbrado público se deberá legalizar ante el órgano competente de la Comunidad de Madrid.
En caso de que fueran redactados proyectos parciales para la tramitación de cada
una de las instalaciones ante los órganos competentes de la Comunidad Autónoma, dichos documentos deberán ser aportados en un CD (o en soporte digital adecuado) en formato .pdf, .doc y .dwg, para que formen parte el archivo municipal.
— En su caso, el derecho del propietario del ámbito a reintegrarse de los gastos de
instalación de las redes de servicios con cargo a sus empresas prestadoras, será en
los términos que se estipulen en los convenios que al efecto se suscriban y que deberán ser aprobados por la Administración actuante.
4. Someter a trámite de información pública el Convenio Urbanístico y el Proyecto
de Urbanización por un plazo de 10 días desde la publicación del anuncio de la aprobación
inicial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se insertará igualmente
anuncio relativo a dicho trámite en un diario de los de mayor difusión, así como en el Ta-

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