D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250627-27)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 308
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 152
NOVENA: FINANCIACIÓN
El vigente Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales concreta en el apartado de costes
previsibles para la realización del Plan Estratégico de Subvenciones y sus fuentes de financiación que la
línea de subvención prevista en el mismo para los convenios con los agentes sociales se financiará con
cargo al capítulo IV del Presupuesto del IRSST y estará condicionada a la existencia de crédito adecuado
y suficiente en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid que anualmente se
apruebe durante la vigencia del mismo, de forma que los gastos subvencionables descritos en el presente
convenio se financiarán con cargo al subconcepto 48099 del Programa Presupuestario 494M de Gastos
del IRSST para los ejercicios 2025 y 2026.
Así, el IRSST contribuirá a financiar los gastos derivados de la ejecución del programa convenido y
detallado en el presente convenio mediante la aportación de un máximo de DOSCIENTOS SESENTA Y
OCHO MIL OCHENTA Y NUEVE EUROS CON SÉIS CÉNTIMOS (268.089,06€), siempre teniendo en
cuenta lo recogido en la cláusula TERCERA sobre los límites subvencionables del convenio.
La distribución por anualidades será la siguiente:
o
En el año 2025 una aportación máxima de CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS
SESENTA Y DOS EUROS CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (133.862,76€).
o
En el año 2026 una aportación máxima de CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL
DOSCIENTOS VEINTISÉIS EUROS CON TREINTA CÉNTIMOS (134.226,30€)
Se recoge a continuación el desglose de las cantidades indicadas.
9.1. Anualidad 2025
9.1.1 Gastos directos:
9.1.1.1 Gastos de personal propio designado para el desarrollo de las acciones de la beneficiaria
en la ejecución del presente convenio: este gasto no superará la cantidad de SESENTA Y
OCHO MIL SEISCIENTOS DOS EUROS CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS
(68.602,56€), en adelante Importe Máximo Subvencionable para gastos de personal
conforme al siguiente desglose:
BOCM-20250627-27
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 308
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 152
NOVENA: FINANCIACIÓN
El vigente Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales concreta en el apartado de costes
previsibles para la realización del Plan Estratégico de Subvenciones y sus fuentes de financiación que la
línea de subvención prevista en el mismo para los convenios con los agentes sociales se financiará con
cargo al capítulo IV del Presupuesto del IRSST y estará condicionada a la existencia de crédito adecuado
y suficiente en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid que anualmente se
apruebe durante la vigencia del mismo, de forma que los gastos subvencionables descritos en el presente
convenio se financiarán con cargo al subconcepto 48099 del Programa Presupuestario 494M de Gastos
del IRSST para los ejercicios 2025 y 2026.
Así, el IRSST contribuirá a financiar los gastos derivados de la ejecución del programa convenido y
detallado en el presente convenio mediante la aportación de un máximo de DOSCIENTOS SESENTA Y
OCHO MIL OCHENTA Y NUEVE EUROS CON SÉIS CÉNTIMOS (268.089,06€), siempre teniendo en
cuenta lo recogido en la cláusula TERCERA sobre los límites subvencionables del convenio.
La distribución por anualidades será la siguiente:
o
En el año 2025 una aportación máxima de CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS
SESENTA Y DOS EUROS CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (133.862,76€).
o
En el año 2026 una aportación máxima de CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL
DOSCIENTOS VEINTISÉIS EUROS CON TREINTA CÉNTIMOS (134.226,30€)
Se recoge a continuación el desglose de las cantidades indicadas.
9.1. Anualidad 2025
9.1.1 Gastos directos:
9.1.1.1 Gastos de personal propio designado para el desarrollo de las acciones de la beneficiaria
en la ejecución del presente convenio: este gasto no superará la cantidad de SESENTA Y
OCHO MIL SEISCIENTOS DOS EUROS CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS
(68.602,56€), en adelante Importe Máximo Subvencionable para gastos de personal
conforme al siguiente desglose:
BOCM-20250627-27
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