D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250628-5)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 150
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 153
2.2.7.Asesoramiento técnico para la mejora de las medidas de emergencia mediante
simulacros en centros de trabajo del sector metal.
Se elaborará un documento de toma de datos para analizar el riesgo de incendio al que
están expuestas las personas trabajadoras de centros de trabajo del sector del metal.
En aquellas empresas donde se vaya a realizar el simulacro se añadirán los resultados con
las medidas y propuestas de mejora del mismo como anexo al informe confidencial específico de la
actuación.
Se realizarán visitas a 80 centros de trabajo de empresas del sector metal y se elaborará
un cartel divulgativo con las principales pautas de emergencia en los centros de trabajo.
Además, se realizarán simulacros en al menos 12 empresas que lo soliciten, incentivando
el valor de realizarlos, actualizando Brigadas de Emergencia e informando de propuestas de mejora,
estos simulacros se realizarán en una segunda visita no programada, donde se tendrá la
información previamente preparada para la realización del mismo.
Se imprimirán 80 ejemplares de un cartel, que se entregarán preferentemente durante las
visitas.
Se elaborará un informe, que tiene carácter de recomendación y que no constituye el
conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales y la normativa que lo desarrolla, enviándose el informe confidencial a la empresa por
correo electrónico.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 2.9.7 y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 2.6.1 según la actividad de la empresa y el
criterio del técnico.
Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega
de material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado
para los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
x Nº máximo de asesoramientos por empresa o centro de trabajo: 1
x Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 80
x Número total de asesoramientos: 80
x Contenido de la visita:
o Material de apoyo a emplear:
-
Cartel divulgativo
-
Material impreso (Guías aplicables)
o Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
BOCM-20250628-5
46
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 150
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 153
2.2.7.Asesoramiento técnico para la mejora de las medidas de emergencia mediante
simulacros en centros de trabajo del sector metal.
Se elaborará un documento de toma de datos para analizar el riesgo de incendio al que
están expuestas las personas trabajadoras de centros de trabajo del sector del metal.
En aquellas empresas donde se vaya a realizar el simulacro se añadirán los resultados con
las medidas y propuestas de mejora del mismo como anexo al informe confidencial específico de la
actuación.
Se realizarán visitas a 80 centros de trabajo de empresas del sector metal y se elaborará
un cartel divulgativo con las principales pautas de emergencia en los centros de trabajo.
Además, se realizarán simulacros en al menos 12 empresas que lo soliciten, incentivando
el valor de realizarlos, actualizando Brigadas de Emergencia e informando de propuestas de mejora,
estos simulacros se realizarán en una segunda visita no programada, donde se tendrá la
información previamente preparada para la realización del mismo.
Se imprimirán 80 ejemplares de un cartel, que se entregarán preferentemente durante las
visitas.
Se elaborará un informe, que tiene carácter de recomendación y que no constituye el
conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales y la normativa que lo desarrolla, enviándose el informe confidencial a la empresa por
correo electrónico.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 2.9.7 y se hará
entrega, además, del material especificado en el punto 2.6.1 según la actividad de la empresa y el
criterio del técnico.
Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Además de las visitas y de la entrega
de material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado
para los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
x Nº máximo de asesoramientos por empresa o centro de trabajo: 1
x Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 80
x Número total de asesoramientos: 80
x Contenido de la visita:
o Material de apoyo a emplear:
-
Cartel divulgativo
-
Material impreso (Guías aplicables)
o Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin personas trabajadoras: 0%
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