B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250630-12)
Concurso de traslados – Resolución de 13 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca Concurso de Traslados Voluntario a plazas de personal estatutario de la categoría de Técnico Superior Especialista en Radioterapia y Dosimetría del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 154
8.8. En caso de empate en las puntuaciones obtenidas, se resolverán en el siguiente orden:
1. Se resolverá a favor de la mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo y por su orden.
2. Si el empate se mantiene, se resolverá a favor del mayor tiempo de servicios prestados en plaza de carácter definitivo en la categoría a la que concursa.
3. Por último, si el empate persistiera se resolverá por la letra inicial del primer apellido de los aspirantes, a estos efectos se tendrá en cuenta la letra “U” según lo establecido en la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Función Pública por la que se determina que el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2025.
8.9. El cómputo del tiempo de servicios prestados a que se refiere el baremo de méritos finalizará el día de publicación de resolución en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Novena
Resolución del concurso
9.1. A la vista de las plazas solicitadas por los concursantes, así como de los méritos
acreditados por los mismos, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, aprobará y publicará en la página web de la Comunidad
de Madrid ( www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-traslados-servicio-madrilenosalud ) la resolución provisional del concurso.
9.2. De conformidad con lo establecido en los artículos 18.2 y 18.3 del Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, los interesados dispondrán de un plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación, para formular reclamaciones contra
la resolución provisional.
9.3. Finalizado el plazo de reclamación, la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones Laborales aprobará y publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en la página web ( www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-trasladosservicio-madrileno-salud ), la resolución definitiva del concurso. Dicha publicación servirá
de notificación a los interesados, señalando que las reclamaciones presentadas se entenderán
rechazadas de no aparecer como admitidas en la misma, no habiendo lugar a comunicación
individualizada.
9.4. Las plazas adjudicadas serán irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de otra plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de concurso de traslado convocado por otra Administración Pública, conforme a lo establecido en
el artículo 37.4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. En tal caso, deberá acreditarse dicha obtención mediante copia del Boletín Oficial en el que aparezca la adjudicación del destino y certificado expedido por la Dirección del Centro que acredite que se ha efectuado la toma de posesión.
La Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS, en caso que proceda, aceptará la renuncia a la plaza adjudicada con carácter definitivo en este concurso mediante
resolución notificada al interesado y comunicada al Centro al que hubiera sido destinado.
Quedarán automáticamente excluidos del concurso los solicitantes que durante el plazo de resolución pierdan la condición de personal estatutario fijo en virtud de la cual hubieran participado en el mismo.
9.5. Teniendo en cuenta tanto el número de plazas como las categorías convocadas,
y con el fin de agilizar la tramitación del proceso, podrán efectuarse resoluciones parciales
del concurso de traslados de forma independiente por categorías y/o especialidades.
Cese y toma de posesión
10.1. Los concursantes que obtengan plaza en este concurso deberán cesar en la que,
en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la resolución definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, salvo
que en la misma, motivadamente, se establezca otra fecha de cese, o que puedan derivarse
problemas de cobertura asistencial, debidamente motivados, en cuyo caso, el cese podrá demorarse por el tiempo indispensable para la adecuada resolución de los mismos.
BOCM-20250630-12
Décima
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 30 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 154
8.8. En caso de empate en las puntuaciones obtenidas, se resolverán en el siguiente orden:
1. Se resolverá a favor de la mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo y por su orden.
2. Si el empate se mantiene, se resolverá a favor del mayor tiempo de servicios prestados en plaza de carácter definitivo en la categoría a la que concursa.
3. Por último, si el empate persistiera se resolverá por la letra inicial del primer apellido de los aspirantes, a estos efectos se tendrá en cuenta la letra “U” según lo establecido en la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Función Pública por la que se determina que el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2025.
8.9. El cómputo del tiempo de servicios prestados a que se refiere el baremo de méritos finalizará el día de publicación de resolución en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Novena
Resolución del concurso
9.1. A la vista de las plazas solicitadas por los concursantes, así como de los méritos
acreditados por los mismos, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, aprobará y publicará en la página web de la Comunidad
de Madrid ( www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-traslados-servicio-madrilenosalud ) la resolución provisional del concurso.
9.2. De conformidad con lo establecido en los artículos 18.2 y 18.3 del Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, los interesados dispondrán de un plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación, para formular reclamaciones contra
la resolución provisional.
9.3. Finalizado el plazo de reclamación, la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones Laborales aprobará y publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en la página web ( www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-trasladosservicio-madrileno-salud ), la resolución definitiva del concurso. Dicha publicación servirá
de notificación a los interesados, señalando que las reclamaciones presentadas se entenderán
rechazadas de no aparecer como admitidas en la misma, no habiendo lugar a comunicación
individualizada.
9.4. Las plazas adjudicadas serán irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de otra plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de concurso de traslado convocado por otra Administración Pública, conforme a lo establecido en
el artículo 37.4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. En tal caso, deberá acreditarse dicha obtención mediante copia del Boletín Oficial en el que aparezca la adjudicación del destino y certificado expedido por la Dirección del Centro que acredite que se ha efectuado la toma de posesión.
La Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS, en caso que proceda, aceptará la renuncia a la plaza adjudicada con carácter definitivo en este concurso mediante
resolución notificada al interesado y comunicada al Centro al que hubiera sido destinado.
Quedarán automáticamente excluidos del concurso los solicitantes que durante el plazo de resolución pierdan la condición de personal estatutario fijo en virtud de la cual hubieran participado en el mismo.
9.5. Teniendo en cuenta tanto el número de plazas como las categorías convocadas,
y con el fin de agilizar la tramitación del proceso, podrán efectuarse resoluciones parciales
del concurso de traslados de forma independiente por categorías y/o especialidades.
Cese y toma de posesión
10.1. Los concursantes que obtengan plaza en este concurso deberán cesar en la que,
en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la resolución definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, salvo
que en la misma, motivadamente, se establezca otra fecha de cese, o que puedan derivarse
problemas de cobertura asistencial, debidamente motivados, en cuyo caso, el cese podrá demorarse por el tiempo indispensable para la adecuada resolución de los mismos.
BOCM-20250630-12
Décima