C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250701-32)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 2586/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifica la Orden 1696/2024, de 20 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para incorporación de jóvenes agricultores, cofinanciadas por FEADER y Administración General del Estado y se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la ayuda para financiar el establecimiento de personas jóvenes agricultores
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 152

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 155

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
32

EXTRACTO de la Orden 2586/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifica la Orden 1696/2024, de 20 de mayo,
por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para incorporación
de jóvenes agricultores, cofinanciadas por FEADER y Administración General
del Estado y se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la ayuda para financiar el establecimiento de personas jóvenes agricultores.

BDNS (Identif.): 841855
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/841855 ).
Primero
Beneficiarios
Personas que, en el momento de presentar la solicitud, hayan cumplido 18 años y no
haya cumplido más de 40 años en el año natural de su primera solicitud subvencionable de
ayuda y se incorporen por primera vez como titulares de una explotación agraria.
Segundo
Objeto
El objeto de estas ayudas es fomentar la incorporación de jóvenes agricultores en la
Comunidad de Madrid.

Cuarto
Cuantía y financiación de las ayudas
La Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes a subvenciones de capital con cargo al programa 411A, partida 77306, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid distribuyéndose de la siguiente manera:
— 2025: 450.000 euros.
— 2026: 450.000 euros.

BOCM-20250701-32

Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria de ayudas se regula por la Orden 1696/2024, de 20 de mayo,
de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, para incorporación de jóvenes agricultores, cofinanciadas
por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración
General del Estado, y se aprueba la convocatoria para el año 2024 de la ayuda para financiar el establecimiento de personas jóvenes agricultores (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de junio de 2024) y por la Orden 2586/2025, de la Consejería de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifica la Orden 1696/2024, de 20
de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para incorporación de jóvenes agricultores, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado y se aprueba la convocatoria para el año 2024 de la ayuda para
financiar el establecimiento de personas jóvenes agricultores y se aprueba la convocatoria
para el año 2025 de la ayuda para financiar el establecimiento de personas jóvenes agricultores, cuya publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se
producirá de forma simultánea al de la publicación de este extracto.