Coslada (BOCM-20250701-87)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 155
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE JULIO DE 2025
Pág. 289
BOCM-20250701-87
bos inclusive, en cualquier sucursal de “CaixaBank”, utilizando los impresos que
podrán retirar en el Departamento de Recaudación Voluntaria.
Finalizado este último plazo, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de
demora y, en su caso, las costas que se produzcan. Es decir, el recargo de apremio reducido será del 10 % y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda apremiada antes
de la finalización del plazo previsto en el punto 5 del artículo 62 de la LGT. El recargo de
apremio será del 20 % cuando la deuda se satisfaga fuera de los plazos mencionados y serán de aplicación en este caso intereses de demora. Todo ello, más las costas que en su caso
correspondan.
Lo que se hace saber para general conocimiento.
Coslada, a 18 de junio de 2025.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(01/10.129/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 155
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MARTES 1 DE JULIO DE 2025
Pág. 289
BOCM-20250701-87
bos inclusive, en cualquier sucursal de “CaixaBank”, utilizando los impresos que
podrán retirar en el Departamento de Recaudación Voluntaria.
Finalizado este último plazo, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de
demora y, en su caso, las costas que se produzcan. Es decir, el recargo de apremio reducido será del 10 % y se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda apremiada antes
de la finalización del plazo previsto en el punto 5 del artículo 62 de la LGT. El recargo de
apremio será del 20 % cuando la deuda se satisfaga fuera de los plazos mencionados y serán de aplicación en este caso intereses de demora. Todo ello, más las costas que en su caso
correspondan.
Lo que se hace saber para general conocimiento.
Coslada, a 18 de junio de 2025.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(01/10.129/25)
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