Griñón (BOCM-20250701-93)
Urbanismo. Proyecto urbanización
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 155
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE JULIO DE 2025
Pág. 343
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
93
GRIÑÓN
URBANISMO
BOCM-20250701-93
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Griñón celebrada en
sesión ordinaria el día 12 de junio de 2025, se ha aprobado definitivamente el Proyecto de
Urbanización del Sector SAU-8 de las Normas Subsidiarias de Griñón, cuyo literal es:
“Primero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización del denominado
SAU-8 de las Normas Subsidiarias de Griñón presentado por D. Alberto de Lucas Rodríguez con NIF 03864529T, en representación de la Junta de Compensación del SAU-8,
presentado en fecha 3 de marzo de 2025, con registro de entrada número 1686.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de urbanización en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica de
este Ayuntamiento.
Tercero.—Notificar el acuerdo a los interesados con indicación de los recursos que
procedan.
Cuarto.—Previo al inicio de las obras deberá contarse con las conformidades técnicas
de las compañías suministradoras y durante su ejecución deberán cumplirse los condicionantes recogidos en el informe de la técnico municipal y en informes los sectoriales, así
como con justificante de constitución de la garantía que asegure la correcta ejecución de las
obras, por un importe equivalente al 10 % del presupuesto total previsto para las mismas, y
acreditación de la constitución de la fianza correspondiente, destinada a garantizar la adecuada gestión de los residuos generados durante la ejecución de las obras”.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. El presente anuncio servirá de notificación a los interesados, en caso de
que no pueda efectuarse la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Griñón, a 20 de junio de 2025.—El concejal-delegado de Urbanismo, Miguel
Pereda Navarro.
(01/10.147/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 155
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE JULIO DE 2025
Pág. 343
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
93
GRIÑÓN
URBANISMO
BOCM-20250701-93
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Griñón celebrada en
sesión ordinaria el día 12 de junio de 2025, se ha aprobado definitivamente el Proyecto de
Urbanización del Sector SAU-8 de las Normas Subsidiarias de Griñón, cuyo literal es:
“Primero.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización del denominado
SAU-8 de las Normas Subsidiarias de Griñón presentado por D. Alberto de Lucas Rodríguez con NIF 03864529T, en representación de la Junta de Compensación del SAU-8,
presentado en fecha 3 de marzo de 2025, con registro de entrada número 1686.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de urbanización en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica de
este Ayuntamiento.
Tercero.—Notificar el acuerdo a los interesados con indicación de los recursos que
procedan.
Cuarto.—Previo al inicio de las obras deberá contarse con las conformidades técnicas
de las compañías suministradoras y durante su ejecución deberán cumplirse los condicionantes recogidos en el informe de la técnico municipal y en informes los sectoriales, así
como con justificante de constitución de la garantía que asegure la correcta ejecución de las
obras, por un importe equivalente al 10 % del presupuesto total previsto para las mismas, y
acreditación de la constitución de la fianza correspondiente, destinada a garantizar la adecuada gestión de los residuos generados durante la ejecución de las obras”.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. El presente anuncio servirá de notificación a los interesados, en caso de
que no pueda efectuarse la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Griñón, a 20 de junio de 2025.—El concejal-delegado de Urbanismo, Miguel
Pereda Navarro.
(01/10.147/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791