D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250702-51)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresarios de las Industrias del Mueble, Carpintería y Afines de la Comunidad de Madrid (AFAMID) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 278
MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 156
orientativos de los destinatarios de la misma.
Se contemplará la misma salvedad en el plazo indicada en el punto a) de este apartado.
En relación con la realización de visitas de asesoramiento, el técnico de seguimiento del IRSST
podrá, en cualquier momento, solicitar al beneficiario la información correspondiente al lugar, fecha y
horario de las visitas previstas a efectos de que el citado técnico de seguimiento pueda valorar su
asistencia a las mismas.
12.1.2 Posteriormente a la realización de la actuación:
a)
Visitas de asesoramiento: Con carácter trimestral, justificante de la acción realizada, con el
contenido mínimo del Acta de asesoramiento (SEN 2-1 Acta de asesoramiento) y SEN –
6 (Apartado 1. Relación de Asesoramientos), conforme al procedimiento establecido. Los
datos dela relación de visitas serán comunicados igualmente en formato Excel para facilitar
las gestiones y comprobaciones.
b)
Entrevistas:
No están previstas actuaciones de este tipo.
c)
Consultas:
No están previstas actuaciones de este tipo.
d)
Documentación técnica: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma
trimestral, conforme al modelo SEN – 6 (Apartado 4. Relación de documentación técnica),
establecido en el procedimiento del IRSST.
e)
Organización de Jornadas: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de
forma trimestral, conforme al modelo SEN – 6 (Apartado 5. Relación de Jornadas y Actos),
establecidoen el procedimiento del IRSST.
f)
Formación Preventiva: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma
trimestral,conforme al modelo SEN – 6 (Apartado 6. Relación de Actividades Formativas),
establecido en el procedimiento del IRSST.
g)
Acciones de divulgación y difusión y elaboración de material utilizado en dichas
actuaciones, la entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma trimestral,
conforme al modelo SEN– 6 (Apartado 7. Relación de actuaciones de divulgación y
difusión y Apartado 8. Relación de material utilizado en las actuaciones de divulgación y
difusión) establecido en el procedimiento del IRSST.
Material tecnológico e informático: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de
forma trimestral, conforme al modelo SEN – 6 (Apartado 9. Relación de material
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BOCM-20250702-51
h)
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orientativos de los destinatarios de la misma.
Se contemplará la misma salvedad en el plazo indicada en el punto a) de este apartado.
En relación con la realización de visitas de asesoramiento, el técnico de seguimiento del IRSST
podrá, en cualquier momento, solicitar al beneficiario la información correspondiente al lugar, fecha y
horario de las visitas previstas a efectos de que el citado técnico de seguimiento pueda valorar su
asistencia a las mismas.
12.1.2 Posteriormente a la realización de la actuación:
a)
Visitas de asesoramiento: Con carácter trimestral, justificante de la acción realizada, con el
contenido mínimo del Acta de asesoramiento (SEN 2-1 Acta de asesoramiento) y SEN –
6 (Apartado 1. Relación de Asesoramientos), conforme al procedimiento establecido. Los
datos dela relación de visitas serán comunicados igualmente en formato Excel para facilitar
las gestiones y comprobaciones.
b)
Entrevistas:
No están previstas actuaciones de este tipo.
c)
Consultas:
No están previstas actuaciones de este tipo.
d)
Documentación técnica: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma
trimestral, conforme al modelo SEN – 6 (Apartado 4. Relación de documentación técnica),
establecido en el procedimiento del IRSST.
e)
Organización de Jornadas: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de
forma trimestral, conforme al modelo SEN – 6 (Apartado 5. Relación de Jornadas y Actos),
establecidoen el procedimiento del IRSST.
f)
Formación Preventiva: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma
trimestral,conforme al modelo SEN – 6 (Apartado 6. Relación de Actividades Formativas),
establecido en el procedimiento del IRSST.
g)
Acciones de divulgación y difusión y elaboración de material utilizado en dichas
actuaciones, la entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma trimestral,
conforme al modelo SEN– 6 (Apartado 7. Relación de actuaciones de divulgación y
difusión y Apartado 8. Relación de material utilizado en las actuaciones de divulgación y
difusión) establecido en el procedimiento del IRSST.
Material tecnológico e informático: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de
forma trimestral, conforme al modelo SEN – 6 (Apartado 9. Relación de material
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