D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250704-35)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de una línea aérea de 15 kV ubicada en el polígono 3, parcela próxima a carretera N-3A, en el término municipal de Perales de Tajuña, solicitada por UFD Distribución Electricidad, S. A. Número expediente: 2022P863 - 14-0141-00863.8/2022
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 272
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 158
procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997,
de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por
la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid, y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla; el Reglamento sobre condiciones técnicas y
garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones
técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los
demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición
Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a UFD Distribución Electricidad, S. A., la instalación de una línea aérea de 15 kV
ubicada en el polígono 3, parcela próxima a carretera N-3A, en el término municipal de Perales
de Tajuña, cuyas características y ubicación —en coordenadas UTM referidas al huso 30— son:
— Reforma de la línea aérea de 15 kV, en doble circuito, Perales 713 y Perales 714,
sustituyendo apoyo D-26 para instalación de equipo reconectador y proyectando
nuevo conductor, LA-56, entre los apoyos D-27 y D-26.
Nº C.
2
REFERENCIA LÍNEA
UTM ORIGEN X - Y
LONG. (m)
ACTUACIÓN
UTM FINAL X - Y
T.Serv. (kV)
TIPO
CONDUCTOR AÉREO/SUBTERRÁNEO
2022P863 ULE15794
467479
4455678
135
MODIFICACIÓN
467365
4455750
15
AÉREA
LA- 56/0.
Segundo
Tercero
La presente autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de ejecución
se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de
otros organismos oficiales competentes o de terceros y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.
BOCM-20250704-35
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 272
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 158
procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997,
de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por
la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid, y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla; el Reglamento sobre condiciones técnicas y
garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones
técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los
demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición
Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a UFD Distribución Electricidad, S. A., la instalación de una línea aérea de 15 kV
ubicada en el polígono 3, parcela próxima a carretera N-3A, en el término municipal de Perales
de Tajuña, cuyas características y ubicación —en coordenadas UTM referidas al huso 30— son:
— Reforma de la línea aérea de 15 kV, en doble circuito, Perales 713 y Perales 714,
sustituyendo apoyo D-26 para instalación de equipo reconectador y proyectando
nuevo conductor, LA-56, entre los apoyos D-27 y D-26.
Nº C.
2
REFERENCIA LÍNEA
UTM ORIGEN X - Y
LONG. (m)
ACTUACIÓN
UTM FINAL X - Y
T.Serv. (kV)
TIPO
CONDUCTOR AÉREO/SUBTERRÁNEO
2022P863 ULE15794
467479
4455678
135
MODIFICACIÓN
467365
4455750
15
AÉREA
LA- 56/0.
Segundo
Tercero
La presente autorización administrativa previa y aprobación de proyecto de ejecución
se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de
otros organismos oficiales competentes o de terceros y de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.
BOCM-20250704-35
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de 24 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.