C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250704-23)
Convocatoria subvenciones – Orden 1447/2025, de 20 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la Orden 2536/2024, de 26 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte se convocan las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2025
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 204
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 158
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
23
ORDEN 1447/2025, de 20 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la Orden 2536/2024, de 26 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte se convocan las ayudas a municipios de la Comunidad de
Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza,
la música y la cinematografía para el año 2025.
La Orden 2536/2024, de 26 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el
año 2025, prevé en su dispongo séptimo que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El extracto de la citada Orden 2536/2024 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 4 de febrero de 2025, por lo que el plazo máximo de veinte
días hábiles para presentar solicitudes finalizó el 4 de marzo de 2025.
En la tramitación de esta subvención concurren circunstancias extraordinarias derivadas
de la gran complejidad y del número de solicitudes recibidas, que presentan las entidades locales en su solicitud de subvención, teniendo que comprobar que reúnen todos los requisitos
establecidos en la convocatoria y la evaluación de los proyectos, resultando imposible garantizar el cumplimiento del plazo máximo de resolución fijado en la misma.
Por su parte, el artículo 23.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone que el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser este superior al
establecido para la tramitación del procedimiento; así como que contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá
recurso alguno.
Vistos los preceptos legales citados y demás normativa de pertinente aplicación,
DISPONGO
Artículo 1
Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos de concesión
o denegación de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para
la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música
y la cinematografía para el año 2025
Se amplía, en un mes, el plazo máximo para resolver establecido en el dispongo séptimo
de la Orden 2536/2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2025, de manera
que la fecha de finalización del plazo máximo para resolver será el 4 de octubre de 2025.
Entrada en vigor
Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 20 de junio de 2025.
DE LA
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO
(03/10.356/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250704-23
Artículo 2
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 204
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 158
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
23
ORDEN 1447/2025, de 20 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la Orden 2536/2024, de 26 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte se convocan las ayudas a municipios de la Comunidad de
Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza,
la música y la cinematografía para el año 2025.
La Orden 2536/2024, de 26 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el
año 2025, prevé en su dispongo séptimo que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El extracto de la citada Orden 2536/2024 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 4 de febrero de 2025, por lo que el plazo máximo de veinte
días hábiles para presentar solicitudes finalizó el 4 de marzo de 2025.
En la tramitación de esta subvención concurren circunstancias extraordinarias derivadas
de la gran complejidad y del número de solicitudes recibidas, que presentan las entidades locales en su solicitud de subvención, teniendo que comprobar que reúnen todos los requisitos
establecidos en la convocatoria y la evaluación de los proyectos, resultando imposible garantizar el cumplimiento del plazo máximo de resolución fijado en la misma.
Por su parte, el artículo 23.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dispone que el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser este superior al
establecido para la tramitación del procedimiento; así como que contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá
recurso alguno.
Vistos los preceptos legales citados y demás normativa de pertinente aplicación,
DISPONGO
Artículo 1
Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos de concesión
o denegación de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para
la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música
y la cinematografía para el año 2025
Se amplía, en un mes, el plazo máximo para resolver establecido en el dispongo séptimo
de la Orden 2536/2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades relacionadas con el teatro, la danza, la música y la cinematografía para el año 2025, de manera
que la fecha de finalización del plazo máximo para resolver será el 4 de octubre de 2025.
Entrada en vigor
Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 20 de junio de 2025.
DE LA
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO
(03/10.356/25)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791
BOCM-20250704-23
Artículo 2