B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250704-14)
Resolución proceso selectivo – Resolución de 20 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se declara superado el proceso selectivo mediante concurso de méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Psicología Clínica (Personal Sanitario del Grupo A, Subgrupo A1), se publica la relación de plazas ofertadas y se fija la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas por los aspirantes y la entrega de documentación acreditativa
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 158
tículo 9 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de
los servicios de salud, modificado por el Real Decreto-Ley 12/2022, de 5 de julio.
4. No procede publicar relación complementaria de aspirantes, una vez baremado la
totalidad de los mismos, por no cumplir lo dispuesto en la base 9.1.2 de la convocatoria de
obtener una calificación mínima de 40 puntos.
Segundo
Adjudicación de las plazas ofertadas
1. Las plazas se adjudicarán, de acuerdo con la solicitud de elección de plazas, por
el orden de puntuación final alcanzada por las personas aspirantes aprobadas en las pruebas
selectivas según se refleja en el Anexo I. En caso de empate se estará a lo dispuesto en la
base 11.1 de la convocatoria.
2. Los aspirantes que hubieran accedido a través del cupo de discapacidad, elegirán
plaza por el orden de puntuación alcanzada hasta completar el número de plazas reservadas
para dicho cupo, sin perjuicio de lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de
las personas con discapacidad. Si agotado el cupo de reserva para personas con discapacidad, hubiera más participantes en este cupo, pasarán a ocupar el puesto que su puntuación
final les otorgue dentro del cupo general, pudiendo obtener destino de entre el resto de los
ofertados en este cupo.
Tercero
1. La elección de plazas y la presentación de la documentación acreditativa
del cumplimiento de requisitos por las personas incluidas en el Anexo I, se realizarán
exclusivamente de forma electrónica, mediante la cumplimentación y envío del
formulario de elección que estará disponible en la página web Concurso de Méritos
Facultativo Especialista en Psicología Clínica 2024 | Comunidad de Madrid
( https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-meritos-facultativo-especialistapsicologia-clinica-2024 ) y en www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digitalpunto-acceso-general
2. A estos efectos, se habilita un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día hábil
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para realizar la elección en el modo que se indica en esta resolución.
3. En el caso de presentar más de una solicitud de elección de plazas dentro del plazo establecido, se considerará válida la última registrada, quedando anuladas las anteriores.
4. Finalizado el plazo indicado no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.
5. La adjudicación de vacantes se efectuará entre los aspirantes del Anexo I, de
acuerdo con su preferencia y el orden obtenido en el proceso.
6. Cuando los aspirantes elijan un número de plazas inferior al número de orden obtenido y por ello no incluyan las plazas suficientes para obtener una de ellas, la administración
no podrá de oficio adjudicar un destino no seleccionado, por lo que se entiende que renuncia
a continuar en el proceso selectivo y no podrán ser nombrados personal fijo estatutario.
7. De conformidad con lo establecido en la base 11.4 de la convocatoria, perderán los
derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes no soliciten plaza en
el plazo indicado y conforme al procedimiento establecido en esta Resolución, así como quienes, por no incluir un número suficiente de plazas, no pueda obtener una de ellas.
8. El proceso de adjudicación de plazas quedará concluido una vez que se adjudiquen la totalidad de las plazas ofertadas en el Anexo II, sin posibilidad de ampliar el número de plazas a pesar de existir relación complementaria de aspirantes.
9. Las plazas que resulten vacantes con posterioridad a la aprobación de la resolución definitiva prevista en el apartado quinto por renuncia tácita o expresa de aquellos a los
que se le hubiesen adjudicado no se proveerán nuevamente en la presente convocatoria.
10. En la página web Concurso de Méritos Facultativo Especialista
en
Psicología
Clínica
2024
|
Comunidad
de
Madrid
( https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-meritos-facultativo-especialista-
BOCM-20250704-14
Procedimiento y plazo de elección de plazas y presentación de documentación
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 158
tículo 9 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de
los servicios de salud, modificado por el Real Decreto-Ley 12/2022, de 5 de julio.
4. No procede publicar relación complementaria de aspirantes, una vez baremado la
totalidad de los mismos, por no cumplir lo dispuesto en la base 9.1.2 de la convocatoria de
obtener una calificación mínima de 40 puntos.
Segundo
Adjudicación de las plazas ofertadas
1. Las plazas se adjudicarán, de acuerdo con la solicitud de elección de plazas, por
el orden de puntuación final alcanzada por las personas aspirantes aprobadas en las pruebas
selectivas según se refleja en el Anexo I. En caso de empate se estará a lo dispuesto en la
base 11.1 de la convocatoria.
2. Los aspirantes que hubieran accedido a través del cupo de discapacidad, elegirán
plaza por el orden de puntuación alcanzada hasta completar el número de plazas reservadas
para dicho cupo, sin perjuicio de lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de
las personas con discapacidad. Si agotado el cupo de reserva para personas con discapacidad, hubiera más participantes en este cupo, pasarán a ocupar el puesto que su puntuación
final les otorgue dentro del cupo general, pudiendo obtener destino de entre el resto de los
ofertados en este cupo.
Tercero
1. La elección de plazas y la presentación de la documentación acreditativa
del cumplimiento de requisitos por las personas incluidas en el Anexo I, se realizarán
exclusivamente de forma electrónica, mediante la cumplimentación y envío del
formulario de elección que estará disponible en la página web Concurso de Méritos
Facultativo Especialista en Psicología Clínica 2024 | Comunidad de Madrid
( https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-meritos-facultativo-especialistapsicologia-clinica-2024 ) y en www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digitalpunto-acceso-general
2. A estos efectos, se habilita un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día hábil
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para realizar la elección en el modo que se indica en esta resolución.
3. En el caso de presentar más de una solicitud de elección de plazas dentro del plazo establecido, se considerará válida la última registrada, quedando anuladas las anteriores.
4. Finalizado el plazo indicado no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.
5. La adjudicación de vacantes se efectuará entre los aspirantes del Anexo I, de
acuerdo con su preferencia y el orden obtenido en el proceso.
6. Cuando los aspirantes elijan un número de plazas inferior al número de orden obtenido y por ello no incluyan las plazas suficientes para obtener una de ellas, la administración
no podrá de oficio adjudicar un destino no seleccionado, por lo que se entiende que renuncia
a continuar en el proceso selectivo y no podrán ser nombrados personal fijo estatutario.
7. De conformidad con lo establecido en la base 11.4 de la convocatoria, perderán los
derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes no soliciten plaza en
el plazo indicado y conforme al procedimiento establecido en esta Resolución, así como quienes, por no incluir un número suficiente de plazas, no pueda obtener una de ellas.
8. El proceso de adjudicación de plazas quedará concluido una vez que se adjudiquen la totalidad de las plazas ofertadas en el Anexo II, sin posibilidad de ampliar el número de plazas a pesar de existir relación complementaria de aspirantes.
9. Las plazas que resulten vacantes con posterioridad a la aprobación de la resolución definitiva prevista en el apartado quinto por renuncia tácita o expresa de aquellos a los
que se le hubiesen adjudicado no se proveerán nuevamente en la presente convocatoria.
10. En la página web Concurso de Méritos Facultativo Especialista
en
Psicología
Clínica
2024
|
Comunidad
de
Madrid
( https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-meritos-facultativo-especialista-
BOCM-20250704-14
Procedimiento y plazo de elección de plazas y presentación de documentación