Disposiciones generales. . (2025/81-8)
Orden de 24 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6008/56
X 25.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
Las actuaciones que se justificarán mediante esta modalidad serán las incluidas en el tipo 2.1, 2.2, 2.3,
2.4 y 3.1.
Contenido de la memoria económica justificativa:
☐ El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será
el indicado en el artículo 27.2.a).1ª del texto articulado.
X El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será
el siguiente:
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el
indicado en el artículo 27.2.a).1ª del texto articulado, en la que se incluirán las tres ofertas de diferentes
personas o entidades proveedoras, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra,
la prestación del servicio o la entrega del bien, cuando el importe del gasto incentivable supere las
cuantías establecidas en la legislación sobre contratos del sector público para el contrato menor, en los
términos establecidos en el artículo 4.12 del referido texto articulado.
La memoria económica justificativa deberá estar firmada electrónicamente por la persona o entidad
beneficiaria.
Deberá presentarse memoria de actuación justificativa, del cumplimiento de las condiciones impuestas
en la concesión el incentivo, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos,
según modelo publicado en la página web de la Agencia Andaluza de la Energía, que deberá estar
firmada electrónicamente por la persona o entidad beneficiaria.
Para el caso de que el número de cuenta bancaria consignado en la solicitud de incentivo haya
cambiado, en esta memoria la persona o entidad beneficiaria deberá comunicar el nuevo número de
cuenta bancaria que deberá estar dado de alta en el Registro de Cuentas de Terceros de la Tesorería
General de la Junta de Andalucía, y autorizar a la Administración de la Junta de Andalucía a verificar la
titularidad de esta nueva cuenta bancaria.
A la memoria de actuación se adjuntarán los siguientes documentos como anexos:
Anexo I. Auditoría de ejecución de la actuación objeto de incentivo emitido por un proveedor de
servicios energéticos, según el modelo publicado en la página web de la Agencia Andaluza de la
Energía que contemplará los siguientes extremos:
00319609
a. En el caso de actuaciones tipo 2.1, certificado de eficiencia energética del edificio regulado en
el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, emitido y registrado con posterioridad a la ejecución de
la actuación de mejora energética que se pronunciará sobre la eficacia y adecuación de las
medidas ejecutadas para la mejora energética y para el logro de los objetivos y resultados
esperados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6008/56
X 25.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
Las actuaciones que se justificarán mediante esta modalidad serán las incluidas en el tipo 2.1, 2.2, 2.3,
2.4 y 3.1.
Contenido de la memoria económica justificativa:
☐ El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será
el indicado en el artículo 27.2.a).1ª del texto articulado.
X El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será
el siguiente:
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el
indicado en el artículo 27.2.a).1ª del texto articulado, en la que se incluirán las tres ofertas de diferentes
personas o entidades proveedoras, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra,
la prestación del servicio o la entrega del bien, cuando el importe del gasto incentivable supere las
cuantías establecidas en la legislación sobre contratos del sector público para el contrato menor, en los
términos establecidos en el artículo 4.12 del referido texto articulado.
La memoria económica justificativa deberá estar firmada electrónicamente por la persona o entidad
beneficiaria.
Deberá presentarse memoria de actuación justificativa, del cumplimiento de las condiciones impuestas
en la concesión el incentivo, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos,
según modelo publicado en la página web de la Agencia Andaluza de la Energía, que deberá estar
firmada electrónicamente por la persona o entidad beneficiaria.
Para el caso de que el número de cuenta bancaria consignado en la solicitud de incentivo haya
cambiado, en esta memoria la persona o entidad beneficiaria deberá comunicar el nuevo número de
cuenta bancaria que deberá estar dado de alta en el Registro de Cuentas de Terceros de la Tesorería
General de la Junta de Andalucía, y autorizar a la Administración de la Junta de Andalucía a verificar la
titularidad de esta nueva cuenta bancaria.
A la memoria de actuación se adjuntarán los siguientes documentos como anexos:
Anexo I. Auditoría de ejecución de la actuación objeto de incentivo emitido por un proveedor de
servicios energéticos, según el modelo publicado en la página web de la Agencia Andaluza de la
Energía que contemplará los siguientes extremos:
00319609
a. En el caso de actuaciones tipo 2.1, certificado de eficiencia energética del edificio regulado en
el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, emitido y registrado con posterioridad a la ejecución de
la actuación de mejora energética que se pronunciará sobre la eficacia y adecuación de las
medidas ejecutadas para la mejora energética y para el logro de los objetivos y resultados
esperados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja