3. Otras disposiciones. . (2025/82-18)
Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las becas a alumnos del Máster de Formación Permanente en Ingeniería del Mantenimiento Industrial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Viernes, 2 de mayo de 2025
página 6104/1

3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de las becas a alumnos del
Máster de Formación Permanente en Ingeniería del Mantenimiento Industrial.
El principio de autonomía universitaria tiene su origen en la Constitución Española, fuente de la
que emanan el resto de las normas. Su artículo 27.10 establece que se reconoce la autonomía
de las universidades, en los términos que establezca la ley. La autonomía universitaria se
desarrolla en el art. 79 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, por el
que las Universidades públicas tendrán autonomía económica y financiera.
Dentro de esta autonomía, parte del presupuesto que tiene el Máster IMI se destina
todos los años a apoyar económicamente la formación académica de los estudiantes con
la aprobación previa del Consejo de Gobierno de la Universidad.
Las presentes bases reguladoras se establecen con objeto de procurar un modelo
eficiente de gestión que cubra las necesidades individuales de los estudiantes de la
Universidad de Huelva (en adelante UHU), todo ello en consonancia con los principios
de buena regulación de las Administraciones Públicas que establece el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
En base a los principios de necesidad y eficacia, la aprobación de esta norma
responde a una razón de interés general, que no es otra que diseñar e implementar un
modelo único de gestión de las becas y ayudas aprobadas anualmente en el seno del
Máster IMI que colaboren a la matriculación de los estudiantes.
Los principios de proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficacia están
presentes a lo largo del articulado de esta resolución, al igual que el principio de eficiencia
en la asignación y utilización de los recursos públicos, recogido en el artículo 7 de la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
La determinación de la Administración debe ser procurar los medios y los instrumentos
para desplegar un Estado vertebrado que ofrezca alternativas para todas las personas.
Esta ayuda, no prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Universidad de
Huelva para el periodo 2025-2027, vendría a coadyuvar en la consecución del Objetivo
Estratégico 1 de dicho Plan. La naturaleza de estas subvenciones quiere garantizar la
igualdad de todos los estudiantes en el fomento de la educación.
Por todo lo anterior, y previo informe de la Secretaría General,
HE DISPUESTO

Artículo 2. Régimen jurídico aplicable.
La concesión de las ayudas se regirá por lo dispuesto en esta resolución y en
las disposiciones que puedan dictarse en su desarrollo o ejecución, así como por lo
establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su
Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así
como por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, quedando sometidas a los principios de publicidad,
transparencia, igualdad y no discriminación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319705

Artículo 1. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras del ««Plan
de Becas y Ayudas» del Máster IMI, para la concesión de ayudas para promover la mejora
de las condiciones formativas de los estudiantes.