Disposiciones generales. . (2025/95-4)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Innovación y sostenibilidad en la industria auxiliar de la agricultura almeriense».
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INTERIOR,
DIÁLOGO
SOCIAL
SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Y
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ANEXO II y III
Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía
Consejería de Industria Energía y Minas.
Número 95 - Miércoles, 21 de mayo dePágina
202525 de
página 7035/38
40
ORGANISMO:
Secretaría General de Industria y Minas.
ANEXO V
Evaluación del principio DNSH de no ocasionar un perjuicio significativo al medio
ambiente
Con el objetivo de evaluar el principio de “no causar un daño significativo” al medio ambiente
(principio DNSH) de acuerdo al artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 18 de junio de 2020, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, el
promotor deberá realizar una autoevaluación del impacto del proyecto sobre los 6 objetivos
medioambientales definidos en dicho reglamento.
Para cada uno de los objetivos medioambientales, elegir una de las respuestas sobre el impacto
ambiental y proporcionar una justificación escrita:
1. Mitigación del cambio climático y reducción emisiones de gases de efecto invernadero:
-
Causa un perjuicio nulo o insignificante ☐
Contribuye de forma positiva ☐
Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) ☐
2. Adaptación al cambio climático:
-
Causa un perjuicio nulo o insignificante ☐
Contribuye de forma positiva ☐
Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) ☐
3. Utilización y protección sostenibles de los recursos hídricos y marinos:
-
Causa un perjuicio nulo o insignificante ☐
Contribuye de forma positiva ☐
Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) ☐
4. Economía circular, incluyendo reciclado y reducción de residuos:
-
Causa un perjuicio nulo o insignificante ☐
Contribuye de forma positiva ☐
Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) ☐
5. Prevención y control de la contaminación1 a la atmósfera, el agua o el suelo:
-
Causa un perjuicio nulo o insignificante ☐
Contribuye de forma positiva ☐
Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) ☐
6. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas:
Causa un perjuicio nulo o insignificante ☐
Contribuye de forma positiva ☐
Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) ☐
00320634
-
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
DIÁLOGO
SOCIAL
SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Y
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ANEXO II y III
Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía
Consejería de Industria Energía y Minas.
Número 95 - Miércoles, 21 de mayo dePágina
202525 de
página 7035/38
40
ORGANISMO:
Secretaría General de Industria y Minas.
ANEXO V
Evaluación del principio DNSH de no ocasionar un perjuicio significativo al medio
ambiente
Con el objetivo de evaluar el principio de “no causar un daño significativo” al medio ambiente
(principio DNSH) de acuerdo al artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 18 de junio de 2020, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, el
promotor deberá realizar una autoevaluación del impacto del proyecto sobre los 6 objetivos
medioambientales definidos en dicho reglamento.
Para cada uno de los objetivos medioambientales, elegir una de las respuestas sobre el impacto
ambiental y proporcionar una justificación escrita:
1. Mitigación del cambio climático y reducción emisiones de gases de efecto invernadero:
-
Causa un perjuicio nulo o insignificante ☐
Contribuye de forma positiva ☐
Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) ☐
2. Adaptación al cambio climático:
-
Causa un perjuicio nulo o insignificante ☐
Contribuye de forma positiva ☐
Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) ☐
3. Utilización y protección sostenibles de los recursos hídricos y marinos:
-
Causa un perjuicio nulo o insignificante ☐
Contribuye de forma positiva ☐
Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) ☐
4. Economía circular, incluyendo reciclado y reducción de residuos:
-
Causa un perjuicio nulo o insignificante ☐
Contribuye de forma positiva ☐
Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) ☐
5. Prevención y control de la contaminación1 a la atmósfera, el agua o el suelo:
-
Causa un perjuicio nulo o insignificante ☐
Contribuye de forma positiva ☐
Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) ☐
6. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas:
Causa un perjuicio nulo o insignificante ☐
Contribuye de forma positiva ☐
Causa efectos adversos (y, en su caso, qué medidas correctoras se implementan) ☐
00320634
-
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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