Disposiciones generales. . (2025/95-4)
Resolución de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Almería para el proyecto tractor «Innovación y sostenibilidad en la industria auxiliar de la agricultura almeriense».
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INTERIOR,
DIÁLOGO
SOCIAL
SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Y
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ANEXO II y III
Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía
Consejería de Industria Energía y Minas.
Número 95 - Miércoles, 21 de mayo dePágina
202534 de
página 7035/47
40
ORGANISMO:
Secretaría General de Industria y Minas.
Estos gastos incluyen:
i. Los sueldos y salarios fijados en un contrato de trabajo, en una decisión de nombramiento
(«acuerdo laboral») o en la ley, que tengan relación con las responsabilidades especificadas en
la descripción del puesto de trabajo correspondiente;
ii. y otros gastos soportados directamente por el empleador como cotizaciones sociales,
aportaciones a planes de pensiones, así como otras prestaciones en favor de los trabajadores
que sean obligatorias en virtud de ley o convenio o habituales atendiendo a los usos del sector y
siempre que no sean recuperables.
Los costes de los viajes, indemnizaciones o dietas no tienen naturaleza de gastos de personal.
e) Serán incentivables los costes derivados de contratos de servicios prestados por personal
externo siempre que dichos costes puedan identificarse claramente.
6. Costes de consultoría prestados por consultores externos, con el presupuesto mínimo
establecido en la correspondiente convocatoria, relativos a:
i. Servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación.
ii. Servicios para el apoyo a la gestión empresarial.
iii. Servicios que conlleven diagnósticos de situación e implantación de planes estratégicos.
iv. Servicios de diseño.
v. Servicios de certificación de sistemas de gestión, procesos o productos.
vi. Servicios de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
Las actividades referidas en los epígrafes i) a vi) anteriores pueden abarcar las de aceleración de
empresas para la innovación, referidas a servicios de mentorización y asesoramiento
especializado, formación en el marco de un hub de innovación, actividades de intercambio con
actores del ecosistema empresarial, participación en encuentros y presentaciones ante
inversores, apoyo para el desarrollo de prototipos y validación de mercado, monitorización y
seguimiento de los progresos, incluso una vez concluido el programa de aceleración, y servicios
para la participación en redes de aceleradoras.
00320634
Estos servicios no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados
con los gastos de explotación normales de la empresa, como los servicios de rutinarios de
asesoría fiscal, los servicios jurídicos o los de publicidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
DIÁLOGO
SOCIAL
SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Y
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ANEXO II y III
Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía
Consejería de Industria Energía y Minas.
Número 95 - Miércoles, 21 de mayo dePágina
202534 de
página 7035/47
40
ORGANISMO:
Secretaría General de Industria y Minas.
Estos gastos incluyen:
i. Los sueldos y salarios fijados en un contrato de trabajo, en una decisión de nombramiento
(«acuerdo laboral») o en la ley, que tengan relación con las responsabilidades especificadas en
la descripción del puesto de trabajo correspondiente;
ii. y otros gastos soportados directamente por el empleador como cotizaciones sociales,
aportaciones a planes de pensiones, así como otras prestaciones en favor de los trabajadores
que sean obligatorias en virtud de ley o convenio o habituales atendiendo a los usos del sector y
siempre que no sean recuperables.
Los costes de los viajes, indemnizaciones o dietas no tienen naturaleza de gastos de personal.
e) Serán incentivables los costes derivados de contratos de servicios prestados por personal
externo siempre que dichos costes puedan identificarse claramente.
6. Costes de consultoría prestados por consultores externos, con el presupuesto mínimo
establecido en la correspondiente convocatoria, relativos a:
i. Servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación.
ii. Servicios para el apoyo a la gestión empresarial.
iii. Servicios que conlleven diagnósticos de situación e implantación de planes estratégicos.
iv. Servicios de diseño.
v. Servicios de certificación de sistemas de gestión, procesos o productos.
vi. Servicios de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
Las actividades referidas en los epígrafes i) a vi) anteriores pueden abarcar las de aceleración de
empresas para la innovación, referidas a servicios de mentorización y asesoramiento
especializado, formación en el marco de un hub de innovación, actividades de intercambio con
actores del ecosistema empresarial, participación en encuentros y presentaciones ante
inversores, apoyo para el desarrollo de prototipos y validación de mercado, monitorización y
seguimiento de los progresos, incluso una vez concluido el programa de aceleración, y servicios
para la participación en redes de aceleradoras.
00320634
Estos servicios no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados
con los gastos de explotación normales de la empresa, como los servicios de rutinarios de
asesoría fiscal, los servicios jurídicos o los de publicidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja