3. Otras disposiciones. . (2025/101-50)
Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la Empresa Municipal de Abastecimiento y Saneamientos de Granada, S.A. Ejercicio 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7463/51
ALEGACIÓN N.º 23 (referida al punto 50 del Informe Provisional) ALEGACIÓN ADMITIDA
ALEGACIÓN N.º 24 (referida al punto 51 del Informe Provisional) ALEGACIÓN ADMITIDA
ALEGACIÓN N.º 25 (referida a los puntos 52, 53, 54, 55 y 56 del Informe Provisional) ALEGACIÓN NO
ADMITIDA
Tal y como se indica en los puntos 50 y 51 siguientes, la diferencia de saldos a favor del Ayuntamiento
se debe a diferencias en los criterios de reconocimiento de los pasivos en EMASAGRA y de los activos
en el Ayuntamiento, provisionando EMASAGRA en el ejercicio 2021 pasivos (según el criterio de
devengo) que no son contabilizados por el Ayuntamiento hasta el ejercicio 2022.
TRATAMIENTO
En el informe provisional se ha dejado constancia de las circunstancias expuestas, ya que se consideró
necesario incluir las aclaraciones referentes a las diferencias de saldos que mantiene EMASAGRA con
el Ayuntamiento de Granada. Nótese que no se trata de salvedades, sino de aspectos que no afectan
a la opinión de auditoría.
ALEGACIÓN N.º 26 (referida al punto 57 del Informe Provisional) ALEGACIÓN NO ADMITIDA
La ratio de endeudamiento de la sociedad según las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2021
se sitúa en 4,87. Esta ratio pone de manifiesto que la sociedad cuenta con un elevado nivel de
financiación externa y por tanto está perdiendo autonomía financiera.
TRATAMIENTO
Se trata de un comentario/apreciación sobre las circunstancias expuestas.
ALEGACIÓN N.º 27 (referida al punto 58 del Informe Provisional) ALEGACIÓN PARCIALMENTE
ADMITIDA
La ratio de apalancamiento de la sociedad según las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2021
se sitúa en 2,74. Una ratio de apalancamiento mayor a 1 pone de manifiesto vulnerabilidad financiera.
TRATAMIENTO
Los índices de apalancamiento se utilizan para medir la dependencia que una empresa tiene de los
acreedores para financiar sus operaciones. Un alto apalancamiento es síntoma de una dependencia
significativa de fuentes de financiamiento de deuda externa.
00321063
En general, mayores cantidades de apalancamiento en la estructura de capital equivalen a un mayor
riesgo financiero, ya que la empresa incurre en mayores gastos por intereses y amortización obligatoria
de la deuda, así como reembolsos de capital en el futuro, que es la circunstancia que se aprecia al
examinar las Cuentas Anuales de Emasagra:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Jueves, 29 de mayo de 2025
página 7463/51
ALEGACIÓN N.º 23 (referida al punto 50 del Informe Provisional) ALEGACIÓN ADMITIDA
ALEGACIÓN N.º 24 (referida al punto 51 del Informe Provisional) ALEGACIÓN ADMITIDA
ALEGACIÓN N.º 25 (referida a los puntos 52, 53, 54, 55 y 56 del Informe Provisional) ALEGACIÓN NO
ADMITIDA
Tal y como se indica en los puntos 50 y 51 siguientes, la diferencia de saldos a favor del Ayuntamiento
se debe a diferencias en los criterios de reconocimiento de los pasivos en EMASAGRA y de los activos
en el Ayuntamiento, provisionando EMASAGRA en el ejercicio 2021 pasivos (según el criterio de
devengo) que no son contabilizados por el Ayuntamiento hasta el ejercicio 2022.
TRATAMIENTO
En el informe provisional se ha dejado constancia de las circunstancias expuestas, ya que se consideró
necesario incluir las aclaraciones referentes a las diferencias de saldos que mantiene EMASAGRA con
el Ayuntamiento de Granada. Nótese que no se trata de salvedades, sino de aspectos que no afectan
a la opinión de auditoría.
ALEGACIÓN N.º 26 (referida al punto 57 del Informe Provisional) ALEGACIÓN NO ADMITIDA
La ratio de endeudamiento de la sociedad según las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2021
se sitúa en 4,87. Esta ratio pone de manifiesto que la sociedad cuenta con un elevado nivel de
financiación externa y por tanto está perdiendo autonomía financiera.
TRATAMIENTO
Se trata de un comentario/apreciación sobre las circunstancias expuestas.
ALEGACIÓN N.º 27 (referida al punto 58 del Informe Provisional) ALEGACIÓN PARCIALMENTE
ADMITIDA
La ratio de apalancamiento de la sociedad según las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2021
se sitúa en 2,74. Una ratio de apalancamiento mayor a 1 pone de manifiesto vulnerabilidad financiera.
TRATAMIENTO
Los índices de apalancamiento se utilizan para medir la dependencia que una empresa tiene de los
acreedores para financiar sus operaciones. Un alto apalancamiento es síntoma de una dependencia
significativa de fuentes de financiamiento de deuda externa.
00321063
En general, mayores cantidades de apalancamiento en la estructura de capital equivalen a un mayor
riesgo financiero, ya que la empresa incurre en mayores gastos por intereses y amortización obligatoria
de la deuda, así como reembolsos de capital en el futuro, que es la circunstancia que se aprecia al
examinar las Cuentas Anuales de Emasagra:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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