Disposiciones generales. . (2025/104-2)
Orden de 21 de mayo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas ubicadas en municipios especialmente afectados por determinados fenómenos meteorológicos adversos acontecidos en 2024 y 2025, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 23), y se efectúa su convocatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Martes, 3 de junio de 2025
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poder de aquellas, el órgano instructor requerirá a las personas o entidades interesadas
para que en el plazo de diez días procedan a la subsanación, con la indicación de que, si
así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su solicitud de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previa resolución que deberá ser
dictada en los términos del artículo 21 de la referida ley.
2. Transcurrido el plazo para subsanar, se dictará resolución declarando el archivo de
la solicitud y la inadmisión en los casos en que corresponda.
3. Los escritos mediante los que las personas o entidades interesadas efectúen la
subsanación se presentarán de forma exclusivamente electrónica en los mismos puntos
de acceso indicados en el apartado décimo segundo.
Décimo cuarto. Criterios de valoración.
De conformidad con lo establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía
2014-2022, debido a la naturaleza indemnizatoria de la medida, no se establecen criterios
de valoración.

Décimo sexto. Resolución.
1. Analizada la solicitud, y efectuadas las comprobaciones necesarias para verificar
la realidad de la información contenida en la misma, así como en el informe técnico de
valoración al que hace referencia el apartado décimo de estas bases reguladoras, el
órgano competente formulará la propuesta de resolución.
2. La propuesta provisional de resolución contendrá la relación de personas o
entidades interesadas que cumplen los requisitos para tener la consideración de personas
o entidades beneficiarias provisionales y la cuantía de la subvención otorgable.
3. La resolución del procedimiento será adoptada por el órgano competente con el
siguiente contenido mínimo:
a) La indicación de la persona o entidad beneficiaria de la situación que legitima la
subvención.
b) La cuantía de la subvención, y en su caso, los conceptos o líneas de subvención
en que se desglose; la partida presupuestaria del gasto y, en su caso, su distribución
plurianual.
c) La indicación de que la Unión Europea participa en la financiación de la medida, y
que esta se subvenciona al 100% por el FEADER con cargo al Programa de Desarrollo
Rural de Andalucía 2014-2022.
d) La forma del pago.
e) Información a las personas o entidades beneficiarias de que sus datos se publicarán
con arreglo a lo dispuesto en el en el artículo 113 del Reglamento (UE) núm. 1306/2013,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
f) Las condiciones que, en su caso, se impongan a la persona o entidad beneficiaria.
g) Los términos en los que la persona o entidad beneficiaria debe suministrar
información conforme a lo previsto en la normativa sobre transparencia.
4. De acuerdo con el artículo 115.3 del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, la resolución ha de ser motivada, razonándose
el otorgamiento en función del mejor cumplimiento de la finalidad que lo justifique.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Décimo quinto. Órganos competentes para la instrucción y resolución.
1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de
subvenciones será la persona titular del Servicio de Gestión y Control de Ayudas
FEADER de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera.
2. El órgano competente para la resolución del procedimiento de concesión de
subvenciones será la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola
y Ganadera, por delegación de la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural.