Autoridades y personal. . (2025/108-30)
Resolución de 3 de junio de 2025, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal investigador predoctoral en formación con cargo a la Actuación R.2.c) Apoyo a la incorporación de personal investigador de excelencia a la Universidad de Jaén del Plan de Investigación y Transferencia del Conocimiento 2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 108 - Lunes, 9 de junio de 2025

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8.3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad por ambas caras o equivalente para
el personal ciudadano de la Unión Europea, o del Pasaporte del personal solicitante en
caso de naturales de otros países.
b) Copia del título de Doctor por ambas caras. En caso de títulos expedidos en
un idioma distinto al español o al inglés deberá acompañarse de la correspondiente
traducción jurada del mismo.
c) Curriculum vitae abreviado (CVA) generado en cualquier plataforma o sistema que
permita generar un CVA certificado. Se recomienda el uso del editor de la Fundación
Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT): https://cvn.fecyt.es/editor/#HOME
Este CVA tendrá un máximo de 4 páginas.
d) Informe del Director/a del contrato según el modelo recogido en el anexo
correspondiente. (Anexo III).
Los méritos alegados en el curriculum vitae abreviado (CVA) deberán estar
debidamente acreditados mediante la correspondiente documentación oficial que
acompañará la solicitud. La Comisión de Evaluación únicamente valorará aquellos
méritos que hayan sido correctamente justificados en el momento de la presentación de
la solicitud. No se admitirán méritos que no estén suficientemente documentados ni se
permitirá la subsanación de documentación relativa a los méritos una vez finalizado el
plazo de presentación de solicitudes.
8.4. La presentación de una solicitud conlleva el consentimiento para la comunicación
a terceros de los datos recogidos en la misma, con objeto del tratamiento posterior de
los datos con fines históricos, estadísticos o científicos, en el marco de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
8.5. La participación en esta convocatoria supone el consentimiento y aceptación de
las condiciones establecidas en la misma.
9. Comunicaciones entre la Universidad y las personas interesadas.
9.1. En virtud de lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la
notificación a las personas interesadas de los trámites de subsanación, listas provisionales
y definitivas de admitidos y excluidos, resolución provisional y resolución definitiva de
concesión se realizarán mediante publicación en la página web del Vicerrectorado de
Investigación y Transferencia del Conocimiento: https://bit.ly/3EKoz1v
9.2. La Universidad de Jaén podrá requerir a las personas interesadas que subsanen
cualquier falta, error u omisión en relación a los documentos preceptivos en el plazo de
diez días, con advertencia de que, si no lo hiciesen, se tendrá por desistida su solicitud
de acuerdo con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La resolución
que se dicte a este respecto se notificará a las personas interesadas mediante el sistema
previsto en el párrafo anterior.
10. Evaluación de las solicitudes.
Para la evaluación y selección de las personas beneficiarias se aplicarán los criterios
establecidos en el siguiente esquema:
Valoración máxima

1. Trayectoria investigadora anterior

Hasta 30 puntos

2. Adecuación al perfil del proyecto

Hasta 30 puntos

3. Publicaciones científicas

Hasta 20 puntos

4. Estancias internacionales

Hasta 20 puntos

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Criterios