3. Otras disposiciones. . (2025/108-41)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del informe de fiscalización operativa de la gestión de las residencias de mayores de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 108 - Lunes, 9 de junio de 2025
página 8089/54
7.4.1.1. Tiempos de tramitación del procedimiento de reconocimiento de la situación de
dependencia y del derecho a la prestación del servicio de atención residencial
16
Los períodos promedios en número de días entre las distintas fases del procedimiento se
muestran en el cuadro nº 26. Se trata de períodos promedio sobre una muestra de 114
expedientes de una población de 28.703 expedientes. Son períodos sobre la muestra y el
procedimiento.
FASES DEL PROCEDIMIENTO
PLAZOS MEDIOS (DÍAS/MESES)
Solicitud por el beneficiario a valoración del Grado de dependencia
222 (7,4 meses)
Solicitud por el beneficiario a Resolución de Grado
290 (9,7 meses)
Recepción Resolución grado a Propuesta PIA
54 (1,8 meses)
Recepción Resolución grado a Resolución PIA
183 (6,1 meses)
Notificación plaza residencia a incorporación del beneficiario *
-21 (-0,7 meses)
Nota: *Dato negativo debido a que la notificación es posterior a la fecha de ingreso en el centro.
Cuadro nº 26
La causa fundamental de la demora en la aprobación de la Resoluciones PIA, según manifiestan
los responsables, se debe a que no se emite la resolución PIA hasta que no se encuentra plaza
disponible en los centros residenciales por la lista de espera existente. La no emisión de
Resolución PIA hasta que haya plaza disponible en residencias constituye una deficiencia del
procedimiento, que provoca una demora en el reconocimiento del derecho a plaza en residencias
de mayores del Servicio de Atención Residencial de la Junta de Andalucía por insuficiencia de
plazas.
En cuanto a la notificación, la fecha de notificación es posterior al ingreso en el centro residencial,
por lo que el promedio calculado de 21 días es negativo. Según ASSDA, este hecho se produce
como consecuencia del procedimiento utilizado para agilizar la gestión en la asignación de plazas
residenciales por dicha entidad, que se describe en el epígrafe 5.1.2.2.
7.4.1.2. Causas de demora superiores a 5 años en la tramitación
En el análisis de la población total de 28.703 expedientes, se identifican 853 expedientes con
una demora de tramitación del procedimiento superior a 5 años. Se selecciona una segunda
muestra de 45 expedientes con demoras superiores a los cinco años desde la solicitud hasta la
Resolución PIA de concesión del Servicio de Atención Residencial (SAR). Se solicita a ASSDA la
justificación de las causas de demora de estos expedientes a las distintas delegaciones
territoriales, y según éstas se identifican las seis causas de demora que se muestran en el
cuadro nº 27.
00321687
17
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 108 - Lunes, 9 de junio de 2025
página 8089/54
7.4.1.1. Tiempos de tramitación del procedimiento de reconocimiento de la situación de
dependencia y del derecho a la prestación del servicio de atención residencial
16
Los períodos promedios en número de días entre las distintas fases del procedimiento se
muestran en el cuadro nº 26. Se trata de períodos promedio sobre una muestra de 114
expedientes de una población de 28.703 expedientes. Son períodos sobre la muestra y el
procedimiento.
FASES DEL PROCEDIMIENTO
PLAZOS MEDIOS (DÍAS/MESES)
Solicitud por el beneficiario a valoración del Grado de dependencia
222 (7,4 meses)
Solicitud por el beneficiario a Resolución de Grado
290 (9,7 meses)
Recepción Resolución grado a Propuesta PIA
54 (1,8 meses)
Recepción Resolución grado a Resolución PIA
183 (6,1 meses)
Notificación plaza residencia a incorporación del beneficiario *
-21 (-0,7 meses)
Nota: *Dato negativo debido a que la notificación es posterior a la fecha de ingreso en el centro.
Cuadro nº 26
La causa fundamental de la demora en la aprobación de la Resoluciones PIA, según manifiestan
los responsables, se debe a que no se emite la resolución PIA hasta que no se encuentra plaza
disponible en los centros residenciales por la lista de espera existente. La no emisión de
Resolución PIA hasta que haya plaza disponible en residencias constituye una deficiencia del
procedimiento, que provoca una demora en el reconocimiento del derecho a plaza en residencias
de mayores del Servicio de Atención Residencial de la Junta de Andalucía por insuficiencia de
plazas.
En cuanto a la notificación, la fecha de notificación es posterior al ingreso en el centro residencial,
por lo que el promedio calculado de 21 días es negativo. Según ASSDA, este hecho se produce
como consecuencia del procedimiento utilizado para agilizar la gestión en la asignación de plazas
residenciales por dicha entidad, que se describe en el epígrafe 5.1.2.2.
7.4.1.2. Causas de demora superiores a 5 años en la tramitación
En el análisis de la población total de 28.703 expedientes, se identifican 853 expedientes con
una demora de tramitación del procedimiento superior a 5 años. Se selecciona una segunda
muestra de 45 expedientes con demoras superiores a los cinco años desde la solicitud hasta la
Resolución PIA de concesión del Servicio de Atención Residencial (SAR). Se solicita a ASSDA la
justificación de las causas de demora de estos expedientes a las distintas delegaciones
territoriales, y según éstas se identifican las seis causas de demora que se muestran en el
cuadro nº 27.
00321687
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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