3. Otras disposiciones. . (2025/109-55)
Orden de 3 de junio de 2025, por la que se acuerda el inicio del plazo para la presentación de candidaturas a las vocalías en representación de las Universidades Públicas y Entidades Privadas en el Observatorio de Justicia Juvenil de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
página 8135/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA

El Decreto 33/2025, de 4 de febrero, por el que se crea el Observatorio de Justicia Juvenil
de Andalucía y se regula su composición y funcionamiento, lo configura como un órgano
colegiado de consulta, de propuesta y de participación administrativa y social, de los
previstos en el artículo 20 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, que tiene como fines el conocimiento, análisis técnico, seguimiento y
evolución de la justicia juvenil, con objeto de poner a disposición de la Administración de
la Junta de Andalucía y demás agentes implicados información cualitativa y cuantitativa
de calidad sobre los asuntos y áreas de interés relacionados con la justicia juvenil. Se
encuentra adscrito a la Consejería competente en materia de justicia juvenil, que le
prestará los medios personales y materiales necesarios para su funcionamiento.
El Observatorio de Justicia Juvenil de Andalucía se constituye como un foro de
encuentro, participación, intercambio y comunicación entre las entidades, agentes,
órganos y servicios públicos competentes y las organizaciones de carácter privado,
profesionales y expertos que actúen en el ámbito de la justicia juvenil. De este modo, su
creación permite la participación colegiada y activa de los distintos sectores sociales y
profesionales interesados en el conocimiento, estudio, diseño de estrategias y toma de
decisiones orientadas a la mejora de la intervención en justicia juvenil.
El artículo 4 del Decreto 33/2025, de 4 de febrero, dedicado a la composición del
Observatorio de Justicia Juvenil de Andalucía, establece que, entre sus vocalías, se
incluirá a una persona nombrada entre las que propongan las universidades públicas de
Andalucía que impartan formación en materia de Derecho, Criminología o Psicología, tres
nombradas entre las que propongan las entidades privadas que gestionen indirectamente,
mediante contrato, convenio o acuerdo de colaboración, los centros y servicios de justicia
juvenil de la Junta de Andalucía y otra nombrada entre las que propongan las entidades
privadas que tengan suscrito con la Administración de la Junta de Andalucía convenio de
cooperación para la ejecución de medidas judiciales en régimen de medio abierto.
Por su parte, el artículo 7.5 del Decreto 33/2025, de 4 de febrero, prevé las especialidades
del procedimiento para el nombramiento de las personas titulares y suplentes de las vocalías
en representación de las universidades públicas y entidades privadas. Esta disposición
establece que el acuerdo de inicio del plazo para la presentación de candidaturas, que
adoptará la forma de orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de
justicia juvenil, será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
De conformidad con el artículo 1.g) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, le corresponde a esta la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación
y control de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las
materias relativas a justicia juvenil, que ejerce a través de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, a la que el artículo 11.1 atribuye las competencias de ejecución
de las medidas adoptadas por los órganos judiciales en aplicación de la legislación sobre
responsabilidad penal de las personas menores; de organización, dirección y gestión de
centros y servicios para la ejecución de las medidas judiciales; de creación, dirección,
coordinación y supervisión de programas en relación con menores y jóvenes sometidos a
medidas judiciales, así como de elaboración de informes, propuestas y comparecencias
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Orden de 3 de junio de 2025, por la que se acuerda el inicio del plazo para
la presentación de candidaturas a las vocalías en representación de las
Universidades Públicas y Entidades Privadas en el Observatorio de Justicia
Juvenil de Andalucía.