3. Otras disposiciones. . (2025/109-55)
Orden de 3 de junio de 2025, por la que se acuerda el inicio del plazo para la presentación de candidaturas a las vocalías en representación de las Universidades Públicas y Entidades Privadas en el Observatorio de Justicia Juvenil de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
página 8135/2
ante el Ministerio Fiscal y los órganos judiciales, en relación con la situación personal de
los jóvenes y las personas menores.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación,
DISPONGO
Primero. Convocatoria.
De conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 7.5 del Decreto 33/2025,
de 4 de febrero, por el que se crea el Observatorio de Justicia Juvenil de Andalucía y
se regula su composición y funcionamiento, se acuerda el inicio del plazo para la
presentación de candidaturas a las vocalías en representación de las universidades
públicas y entidades privadas siguientes:
a) Una persona titular y otra suplente, entre las que propongan las universidades públicas
de Andalucía que impartan formación en materia de Derecho, Criminología o Psicología.
b) Tres personas titulares y tres suplentes, entre las que propongan las entidades
privadas que gestionen indirectamente, mediante contrato, convenio o acuerdo de
colaboración, los centros y servicios de justicia juvenil de la Junta de Andalucía.
c) Una persona titular y otra suplente, entre las que propongan las entidades
privadas que tengan suscrito con la Administración de la Junta de Andalucía convenio de
cooperación para la ejecución de medidas judiciales en régimen de medio abierto.
Segundo. Presentación de candidaturas.
1. Las candidaturas se dirigirán a la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, a la que le corresponderá la instrucción del procedimiento, y deberán
ser presentadas por el representante legal de la universidad pública o entidad privada
interesada con carácter preferente en el Registro Electrónico Único de la Administración
de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de que puedan también presentarse en los
restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el
artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
2. Las candidaturas, que podrán incluir un máximo de dos personas titulares y
suplentes, se acompañarán de la certificación del acuerdo del órgano de gobierno
por el que se autorice la presentación de la candidatura y se relacione a las personas
propuestas, así como de un informe en el que se detallen y justifiquen los méritos que
avalan la candidatura.
3. El plazo de presentación será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la
publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Formulario de presentación.
Las solicitudes se ajustarán al formulario que consta como anexo de esta orden, que
se encuentra disponible en el portal de la Junta de Andalucía, en la dirección web:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/justiciaadministracionlocalyfuncionpublica/
servicios/procedimientos/detalle/25793.html
Cuarto. Efectos.
Esta orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321734
Sevilla, 3 de junio de 2025
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
página 8135/2
ante el Ministerio Fiscal y los órganos judiciales, en relación con la situación personal de
los jóvenes y las personas menores.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación,
DISPONGO
Primero. Convocatoria.
De conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 7.5 del Decreto 33/2025,
de 4 de febrero, por el que se crea el Observatorio de Justicia Juvenil de Andalucía y
se regula su composición y funcionamiento, se acuerda el inicio del plazo para la
presentación de candidaturas a las vocalías en representación de las universidades
públicas y entidades privadas siguientes:
a) Una persona titular y otra suplente, entre las que propongan las universidades públicas
de Andalucía que impartan formación en materia de Derecho, Criminología o Psicología.
b) Tres personas titulares y tres suplentes, entre las que propongan las entidades
privadas que gestionen indirectamente, mediante contrato, convenio o acuerdo de
colaboración, los centros y servicios de justicia juvenil de la Junta de Andalucía.
c) Una persona titular y otra suplente, entre las que propongan las entidades
privadas que tengan suscrito con la Administración de la Junta de Andalucía convenio de
cooperación para la ejecución de medidas judiciales en régimen de medio abierto.
Segundo. Presentación de candidaturas.
1. Las candidaturas se dirigirán a la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, a la que le corresponderá la instrucción del procedimiento, y deberán
ser presentadas por el representante legal de la universidad pública o entidad privada
interesada con carácter preferente en el Registro Electrónico Único de la Administración
de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de que puedan también presentarse en los
restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el
artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
2. Las candidaturas, que podrán incluir un máximo de dos personas titulares y
suplentes, se acompañarán de la certificación del acuerdo del órgano de gobierno
por el que se autorice la presentación de la candidatura y se relacione a las personas
propuestas, así como de un informe en el que se detallen y justifiquen los méritos que
avalan la candidatura.
3. El plazo de presentación será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la
publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Formulario de presentación.
Las solicitudes se ajustarán al formulario que consta como anexo de esta orden, que
se encuentra disponible en el portal de la Junta de Andalucía, en la dirección web:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/justiciaadministracionlocalyfuncionpublica/
servicios/procedimientos/detalle/25793.html
Cuarto. Efectos.
Esta orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321734
Sevilla, 3 de junio de 2025