3. Otras disposiciones. . (2025/109-48)
Orden de 4 de junio de 2025, por la que se resuelve el procedimiento para la concesión del distintivo empresarial Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad correspondiente al año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
página 8093/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 4 de junio de 2025, por la que se resuelve el procedimiento para la
concesión del distintivo empresarial Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad
correspondiente al año 2024.
Vistas las solicitudes de participación presentadas al amparo de la Orden de 14 de
octubre de 2024, por la que se convoca la concesión del distintivo empresarial «Marca
Andaluza de Excelencia en Igualdad» correspondiente al año 2024 y se establecen sus
bases reguladoras, resultan los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Publicada la convocatoria para la obtención del distintivo empresaria «Marca
Andaluza de Excelencia en Igualdad» (BOJA núm. 206, de 22 de octubre de 2024), el
plazo de presentación de candidaturas era de un mes, contado desde el día siguiente
a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y finalizaba el día 10 de
diciembre de 2024.
Segundo. Comprobadas las solicitudes y documentación aportada, se requirió de
subsanación de manera conjunta, con su publicación en la web del Instituto Andaluz de la
Mujer, a las empresas participantes para que pudiesen subsanar las faltas o acompañar
los documentos preceptivos, concediendo para ello un plazo de diez días hábiles y
finalizando el plazo de subsanación el día 27 de febrero de 2025.
Analizada la documentación presentada, en fecha 28 de abril de 2025, el Servicio
de Formación y Empleo de Mujeres del Instituto Andaluz de la Mujer evacuó Informe de
Valoración de las solicitudes presentadas, de conformidad con los criterios de valoración
contenidos en la base quinta de las bases reguladoras.

Cuarto. En fecha 22 de mayo de 2025, la propuesta del citado Servicio como órgano
instructor, se envió individualmente a cada integrante de la Comisión Evaluadora para que
procediera al estudio de la misma y comprobara la adecuación de las solicitudes a los
criterios de valoración, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto
1/2022, de 11 de enero, por el que se creaba la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad»
y se establecían los criterios para su obtención, control de la ejecución y renovación.
A estos efectos, la Comisión Evaluadora, que se reunió en fecha 27 de mayo de 2025,
considera adecuadas las solicitudes a los criterios de valoración.
Quinto. El día 30 de mayo de 2025, la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer
formalizó propuesta de resolución, remitiéndola a la Consejería de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321691

Tercero. Con fecha 30 de abril de 2025, se concedió trámite de audiencia para que
las empresas pudieran alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimasen
pertinentes, finalizando el plazo de alegaciones el 15 de mayo de 2025.
Examinadas las alegaciones y documentación aportada, se dictó por el Servicio de
Formación y Empleo de Mujeres del Instituto Andaluz de la Mujer, Propuesta provisional
de resolución, de fecha 22 de mayo de 2025, que contenía la relación provisional de
empresas que obtenían el mínimo de puntuación para obtener el distintivo empresarial
«Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad», la relación de empresas excluidas y su
puntuación, así como las inadmitidas y las desistidas.