3. Otras disposiciones. . (2025/109-48)
Orden de 4 de junio de 2025, por la que se resuelve el procedimiento para la concesión del distintivo empresarial Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad correspondiente al año 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
página 8093/2
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. Procedimiento de concesión.
El procedimiento para la obtención de este distintivo empresarial se inicia a solicitud
de la empresa interesada de forma electrónica, en el plazo de un mes desde que se
publique la correspondiente convocatoria, debiendo ajustarse a lo dispuesto en los
apartados 2 y 3 de la base primera de sus bases reguladoras, en la que se contienen
los criterios generales para la admisión de las solicitudes y a los criterios de valoración
señalados en la base quinta de las bases reguladoras.
Evaluadas las solicitudes de participación por el Servicio de Formación y Empleo de
Mujeres del Instituto Andaluz de la Mujer y la Comisión Evaluadora, se dará traslado de la
misma a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer para que eleve
la propuesta a la persona titular de la Consejería competente en materia de Igualdad, que
procederá a dictar resolución motivada sobre las solicitudes de concesión de la «Marca
Andaluza de Excelencia en Igualdad». Esta resolución será publicada en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, produciendo efectos desde su publicación.
El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes será de 6 meses, a partir de
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes que se fije anualmente en
cada convocatoria.
Transcurrido este plazo, si no recayera resolución expresa, se entenderá estimada
la petición. La entrega de la certificación acreditativa del reconocimiento de la «Marca
Andaluza de Excelencia en Igualdad» se efectuará en acto público, y tendrá una vigencia
de 4 años desde la publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321691
Primero. Normativa de aplicación.
El artículo 35 de Ley 12/2007, de 26 de noviembre, recoge la creación de una Marca de
Excelencia en Igualdad para distinguir a aquellas entidades comprometidas con la igualdad
entre mujeres y hombres, con la finalidad de incentivar las iniciativas empresariales
que implanten medidas para la promoción de la igualdad en la gestión de los recursos
humanos, así como mejoras en la calidad del empleo de las mujeres. En el apartado
primero se concretan los criterios a valorar para la concesión de dicho reconocimiento y, en
el apartado segundo, se dispone que los criterios para la obtención, control de la ejecución
y renovación de la marca de excelencia serán establecidos reglamentariamente.
En base a ello, se dictó el Decreto 1/2022, de 11 de enero, por el que se creaba
la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» y se establecían los criterios para su
obtención, control de la ejecución y renovación. Para convocar el primer procedimiento
para la obtención del reconocimiento, y de conformidad con la disposición adicional
única, la disposición transitoria primera y segunda, y la disposición final primera del citado
decreto, se hacía necesario:
- El registro de la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» en el Registro de
Marcas que recoge la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, que se solicitó el 28 de
octubre de 2022 y se concedió el 8 de mayo de 2023, con el código identificativo 4.189.662.
- La creación de un registro público de concesiones, renovaciones, renuncias
voluntarias, suspensiones y revocaciones, que fue efectuada mediante Orden de 17 de
marzo de 2023, por la que se crea el Registro público del distintivo empresarial «Marca
Andaluza de Excelencia en Igualdad».
- Aprobar mediante orden el logotipo del distintivo «Marca Andaluza de Excelencia en
Igualdad», extremo cumplimentado con la Orden de 20 de junio de 2023, por la que se
aprueba el logotipo del distintivo empresarial «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad».
Cumplidos los trámites previos, se publicó la Orden de 14 de octubre de 2024, por la
que se convoca la concesión del distintivo empresarial Marca Andaluza de Excelencia
en Igualdad correspondiente al año 2024 y se establecen sus bases reguladoras (BOJA
núm. 9, de 14 de octubre de 2024).
BOJA
Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
página 8093/2
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. Procedimiento de concesión.
El procedimiento para la obtención de este distintivo empresarial se inicia a solicitud
de la empresa interesada de forma electrónica, en el plazo de un mes desde que se
publique la correspondiente convocatoria, debiendo ajustarse a lo dispuesto en los
apartados 2 y 3 de la base primera de sus bases reguladoras, en la que se contienen
los criterios generales para la admisión de las solicitudes y a los criterios de valoración
señalados en la base quinta de las bases reguladoras.
Evaluadas las solicitudes de participación por el Servicio de Formación y Empleo de
Mujeres del Instituto Andaluz de la Mujer y la Comisión Evaluadora, se dará traslado de la
misma a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer para que eleve
la propuesta a la persona titular de la Consejería competente en materia de Igualdad, que
procederá a dictar resolución motivada sobre las solicitudes de concesión de la «Marca
Andaluza de Excelencia en Igualdad». Esta resolución será publicada en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, produciendo efectos desde su publicación.
El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes será de 6 meses, a partir de
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes que se fije anualmente en
cada convocatoria.
Transcurrido este plazo, si no recayera resolución expresa, se entenderá estimada
la petición. La entrega de la certificación acreditativa del reconocimiento de la «Marca
Andaluza de Excelencia en Igualdad» se efectuará en acto público, y tendrá una vigencia
de 4 años desde la publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321691
Primero. Normativa de aplicación.
El artículo 35 de Ley 12/2007, de 26 de noviembre, recoge la creación de una Marca de
Excelencia en Igualdad para distinguir a aquellas entidades comprometidas con la igualdad
entre mujeres y hombres, con la finalidad de incentivar las iniciativas empresariales
que implanten medidas para la promoción de la igualdad en la gestión de los recursos
humanos, así como mejoras en la calidad del empleo de las mujeres. En el apartado
primero se concretan los criterios a valorar para la concesión de dicho reconocimiento y, en
el apartado segundo, se dispone que los criterios para la obtención, control de la ejecución
y renovación de la marca de excelencia serán establecidos reglamentariamente.
En base a ello, se dictó el Decreto 1/2022, de 11 de enero, por el que se creaba
la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» y se establecían los criterios para su
obtención, control de la ejecución y renovación. Para convocar el primer procedimiento
para la obtención del reconocimiento, y de conformidad con la disposición adicional
única, la disposición transitoria primera y segunda, y la disposición final primera del citado
decreto, se hacía necesario:
- El registro de la «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad» en el Registro de
Marcas que recoge la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, que se solicitó el 28 de
octubre de 2022 y se concedió el 8 de mayo de 2023, con el código identificativo 4.189.662.
- La creación de un registro público de concesiones, renovaciones, renuncias
voluntarias, suspensiones y revocaciones, que fue efectuada mediante Orden de 17 de
marzo de 2023, por la que se crea el Registro público del distintivo empresarial «Marca
Andaluza de Excelencia en Igualdad».
- Aprobar mediante orden el logotipo del distintivo «Marca Andaluza de Excelencia en
Igualdad», extremo cumplimentado con la Orden de 20 de junio de 2023, por la que se
aprueba el logotipo del distintivo empresarial «Marca Andaluza de Excelencia en Igualdad».
Cumplidos los trámites previos, se publicó la Orden de 14 de octubre de 2024, por la
que se convoca la concesión del distintivo empresarial Marca Andaluza de Excelencia
en Igualdad correspondiente al año 2024 y se establecen sus bases reguladoras (BOJA
núm. 9, de 14 de octubre de 2024).