Disposiciones generales. . (2025/109-2)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento completo derivado de la concesión de subvenciones aprobado mediante Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea ?NextGenerationEU?, y se efectúa la convocatoria del año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
página 8144/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Con fecha 6 de junio de 2024, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
número 109 de la Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de
la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa
vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades
de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes y por la Unión Europea –NextGenerationEU–, y se efectúa la
convocatoria del año 2024.
A tenor de lo establecido en el apartado décimo del artículo 2 de la citada Orden, el
plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones comenzó el día siguiente a la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
de conformidad con el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. El mencionado plazo para presentar solicitudes quedó abierto hasta el 31
de agosto de 2024.
En el apartado séptimo del artículo 2 de la citada Orden de 29 de mayo de 2024, se
establece que «Las acciones objeto de financiación podrán ser ejecutadas hasta el 31 de
octubre de 2024, salvo que en aras de favorecer la completa ejecución de las acciones
formativas financiadas a través del programa MRR reskilling&upskilling, se amplíe el
plazo previsto en el objetivo CID 298.»
Con fecha de firma 10 de julio de 2024, se recibe por parte de la Secretaria General de
Formación Profesional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, la
autorización emitida por parte de la Secretaria General de Fondos Europeos para ampliar
hasta en seis meses el plazo previsto para el cumplimiento del objetivo CID 298. Por
consiguiente, el plazo de ejecución podrá extenderse hasta el 30 de junio de 2025.
Con fecha 29 de octubre de 2024, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 211, la Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General
de Formación Profesional para el Empleo, por la que se acuerda ampliar el plazo de
ejecución de las acciones formativas objeto de financiación, inicialmente concedido en el
apartado séptimo del artículo 2 de la Orden de 29 de mayo de 2024, hasta el día 26 de
noviembre de 2024 inclusive, sin perjuicio de futuras ampliaciones que sean necesarias
para el cumplimiento del objetivo CID 298. Se mantiene en la misma que el plazo para la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321743
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Dirección General de Formación
Profesional para el Empleo, por la que se acuerda la aplicación de la
tramitación de urgencia al procedimiento completo derivado de la concesión
de subvenciones aprobado mediante Orden de 29 de mayo de 2024, por la
que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la formación no formal de
cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones
profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales,
o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para
empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades
sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional
y Deportes y por la Unión Europea –NextGenerationEU–, y se efectúa la
convocatoria del año 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
página 8144/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Con fecha 6 de junio de 2024, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
número 109 de la Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva, destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de
la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo
Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa
vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades
de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes y por la Unión Europea –NextGenerationEU–, y se efectúa la
convocatoria del año 2024.
A tenor de lo establecido en el apartado décimo del artículo 2 de la citada Orden, el
plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones comenzó el día siguiente a la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
de conformidad con el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. El mencionado plazo para presentar solicitudes quedó abierto hasta el 31
de agosto de 2024.
En el apartado séptimo del artículo 2 de la citada Orden de 29 de mayo de 2024, se
establece que «Las acciones objeto de financiación podrán ser ejecutadas hasta el 31 de
octubre de 2024, salvo que en aras de favorecer la completa ejecución de las acciones
formativas financiadas a través del programa MRR reskilling&upskilling, se amplíe el
plazo previsto en el objetivo CID 298.»
Con fecha de firma 10 de julio de 2024, se recibe por parte de la Secretaria General de
Formación Profesional del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, la
autorización emitida por parte de la Secretaria General de Fondos Europeos para ampliar
hasta en seis meses el plazo previsto para el cumplimiento del objetivo CID 298. Por
consiguiente, el plazo de ejecución podrá extenderse hasta el 30 de junio de 2025.
Con fecha 29 de octubre de 2024, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 211, la Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General
de Formación Profesional para el Empleo, por la que se acuerda ampliar el plazo de
ejecución de las acciones formativas objeto de financiación, inicialmente concedido en el
apartado séptimo del artículo 2 de la Orden de 29 de mayo de 2024, hasta el día 26 de
noviembre de 2024 inclusive, sin perjuicio de futuras ampliaciones que sean necesarias
para el cumplimiento del objetivo CID 298. Se mantiene en la misma que el plazo para la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321743
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Dirección General de Formación
Profesional para el Empleo, por la que se acuerda la aplicación de la
tramitación de urgencia al procedimiento completo derivado de la concesión
de subvenciones aprobado mediante Orden de 29 de mayo de 2024, por la
que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la formación no formal de
cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones
profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales,
o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para
empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades
sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional
y Deportes y por la Unión Europea –NextGenerationEU–, y se efectúa la
convocatoria del año 2024.