Autoridades y personal. . (2025/109-34)
Resolución de 5 de junio de 2025, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Básica de Servicios Generales (entorno profesional Hostelería), por el sistema de promoción interna.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 109 - Martes, 10 de junio de 2025
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3.2. La presentación de solicitudes se hará en plazo de los quince días hábiles
siguientes al día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía».
3.3. Las personas aspirantes podrán adjuntar a su solicitud de admisión cualquier
documento que acredite los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso, sin
perjuicio de la valoración que de oficio realizará el Tribunal de valoración de acuerdo con
los méritos que consten a fecha de finalización del plazo de solicitud de admisión en el
expediente administrativo de las personas aspirantes obrante en el Servicio de Personal
Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios.
3.4. Las personas aspirantes con grado reconocido de discapacidad igual o superior
al 33 por 100 que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para
personas con discapacidad, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la
solicitud expresando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios en el que esta adaptación sea necesaria a fin de asegurar su
participación en el proceso en condiciones de igualdad, utilizando para ello el apartado
correspondiente de la solicitud. A tal fin, deberán aportar dictamen técnico facultativo
acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de
valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente
la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los ejercicios según sus
circunstancias personales. El Tribunal estudiará la propuesta del informe técnico y decidirá
sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la Orden PRE/1822/2006,
de 9 de junio.
3.5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro
del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.7. El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos, así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones que resulten de
aplicación.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión del proceso selectivo y las comunicaciones necesarias para ello y
del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
El nombre, apellidos y Número del Documento de Identidad se publicarán respetando
la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales. La Universidad de Granada tomará
medidas para que esa información no sea indexada por los buscadores de internet.
La Universidad de Granada es responsable del tratamiento de esos datos y publica su
registro de actividades de tratamiento en https://secretariageneral.ugr.es/unidades/oficinaproteccion-datos/registro-de-actividades-de-tratamiento. Los derechos de protección
de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del
tratamiento a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Granada. Si presenta
una solicitud para el ejercicio de estos derechos y considera que no ha sido atendida
adecuadamente por nuestra institución, puede dirigirse a la Delegada de Protección de
Datos de la Universidad dpd@ugr.es o presentar una reclamación ante la Autoridad de
Control competente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321771
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 8172/3
3.2. La presentación de solicitudes se hará en plazo de los quince días hábiles
siguientes al día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía».
3.3. Las personas aspirantes podrán adjuntar a su solicitud de admisión cualquier
documento que acredite los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso, sin
perjuicio de la valoración que de oficio realizará el Tribunal de valoración de acuerdo con
los méritos que consten a fecha de finalización del plazo de solicitud de admisión en el
expediente administrativo de las personas aspirantes obrante en el Servicio de Personal
Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios.
3.4. Las personas aspirantes con grado reconocido de discapacidad igual o superior
al 33 por 100 que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para
personas con discapacidad, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la
solicitud expresando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios en el que esta adaptación sea necesaria a fin de asegurar su
participación en el proceso en condiciones de igualdad, utilizando para ello el apartado
correspondiente de la solicitud. A tal fin, deberán aportar dictamen técnico facultativo
acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de
valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente
la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los ejercicios según sus
circunstancias personales. El Tribunal estudiará la propuesta del informe técnico y decidirá
sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la Orden PRE/1822/2006,
de 9 de junio.
3.5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar
en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro
del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.7. El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales,
y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos, así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones que resulten de
aplicación.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión del proceso selectivo y las comunicaciones necesarias para ello y
del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
El nombre, apellidos y Número del Documento de Identidad se publicarán respetando
la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales. La Universidad de Granada tomará
medidas para que esa información no sea indexada por los buscadores de internet.
La Universidad de Granada es responsable del tratamiento de esos datos y publica su
registro de actividades de tratamiento en https://secretariageneral.ugr.es/unidades/oficinaproteccion-datos/registro-de-actividades-de-tratamiento. Los derechos de protección
de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del
tratamiento a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Granada. Si presenta
una solicitud para el ejercicio de estos derechos y considera que no ha sido atendida
adecuadamente por nuestra institución, puede dirigirse a la Delegada de Protección de
Datos de la Universidad dpd@ugr.es o presentar una reclamación ante la Autoridad de
Control competente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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