Disposiciones generales. . (2025/113-3)
Decreto 110/2025, de 11 de junio, por el que se modifica el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8508/2
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico
autonómico, nacional y de la Unión Europea.
Por otro lado, a los efectos de cumplir con los principios de eficiencia y eficacia, se
ha tenido en cuenta que las modificaciones del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, no
suponen aumento alguno en gasto.
Además, se consigue maximizar la eficiencia, al no generar nuevas cargas
administrativas, contribuyendo esta norma a racionalizar la gestión de los recursos
públicos.
En relación con el principio de transparencia, la aprobación y publicación de este
decreto contribuye a reforzar la transparencia de la Administración, ya que a través del
mismo la ciudadanía conocerá de forma actualizada las competencias de los distintos
órganos de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
Por su parte, el presente decreto se adecúa a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley
12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía,
según el cual los poderes públicos potenciarán que la perspectiva de la igualdad de género
esté presente en la elaboración, ejecución y seguimiento de las disposiciones normativas,
de las políticas en todos los ámbitos de actuación, considerando sistemáticamente las
prioridades y necesidades propias de las mujeres y de los hombres, teniendo en cuenta
su incidencia en la situación específica de unas y otros, al objeto de adaptarlas para
eliminar los efectos discriminatorios y fomentar la igualdad de género.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.1 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en los artículos 21.3, 27.18 y 46.2 de
la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a
propuesta de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y previa deliberación
del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 11 de junio de 2025,
Artículo único. Modificación del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
El Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de
la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, queda modificado como sigue:
Uno. La letra b) del artículo 1 queda con la siguiente redacción:
«b) Las relaciones laborales en sus vertientes individuales y colectivas, sin perjuicio
de las competencias que corresponden a la Consejería competente en materia de
Administración Pública en relación con el personal al servicio de la Administración de
la Junta de Andalucía; condiciones de trabajo; mediación, arbitraje y conciliación; y en
general las competencias atribuidas a la Autoridad Laboral en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, con excepción de la determinación de servicios mínimos en el
supuesto de personal laboral o estatutario de empresas, entidades o instituciones públicas
o privadas que presten un servicio esencial a la comunidad en el sector sanitario.»
Dos. El artículo 3 queda redactado de la siguiente forma:
«Artículo 3. Régimen de suplencias.
1. La persona titular de la Consejería será suplida en caso de ausencia, vacante
o enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o
recusación, por la persona titular de la Viceconsejería, sin perjuicio de lo establecido en
los artículos 10.1.j) y 23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre.
2. La persona titular de la Viceconsejería será suplida en caso de ausencia, vacante
o enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o
recusación, por la persona titular de la Secretaría General de Empresa y Trabajo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322107
DISPONGO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8508/2
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico
autonómico, nacional y de la Unión Europea.
Por otro lado, a los efectos de cumplir con los principios de eficiencia y eficacia, se
ha tenido en cuenta que las modificaciones del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, no
suponen aumento alguno en gasto.
Además, se consigue maximizar la eficiencia, al no generar nuevas cargas
administrativas, contribuyendo esta norma a racionalizar la gestión de los recursos
públicos.
En relación con el principio de transparencia, la aprobación y publicación de este
decreto contribuye a reforzar la transparencia de la Administración, ya que a través del
mismo la ciudadanía conocerá de forma actualizada las competencias de los distintos
órganos de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
Por su parte, el presente decreto se adecúa a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley
12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía,
según el cual los poderes públicos potenciarán que la perspectiva de la igualdad de género
esté presente en la elaboración, ejecución y seguimiento de las disposiciones normativas,
de las políticas en todos los ámbitos de actuación, considerando sistemáticamente las
prioridades y necesidades propias de las mujeres y de los hombres, teniendo en cuenta
su incidencia en la situación específica de unas y otros, al objeto de adaptarlas para
eliminar los efectos discriminatorios y fomentar la igualdad de género.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.1 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en los artículos 21.3, 27.18 y 46.2 de
la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a
propuesta de la Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y previa deliberación
del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 11 de junio de 2025,
Artículo único. Modificación del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
El Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de
la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, queda modificado como sigue:
Uno. La letra b) del artículo 1 queda con la siguiente redacción:
«b) Las relaciones laborales en sus vertientes individuales y colectivas, sin perjuicio
de las competencias que corresponden a la Consejería competente en materia de
Administración Pública en relación con el personal al servicio de la Administración de
la Junta de Andalucía; condiciones de trabajo; mediación, arbitraje y conciliación; y en
general las competencias atribuidas a la Autoridad Laboral en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, con excepción de la determinación de servicios mínimos en el
supuesto de personal laboral o estatutario de empresas, entidades o instituciones públicas
o privadas que presten un servicio esencial a la comunidad en el sector sanitario.»
Dos. El artículo 3 queda redactado de la siguiente forma:
«Artículo 3. Régimen de suplencias.
1. La persona titular de la Consejería será suplida en caso de ausencia, vacante
o enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o
recusación, por la persona titular de la Viceconsejería, sin perjuicio de lo establecido en
los artículos 10.1.j) y 23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre.
2. La persona titular de la Viceconsejería será suplida en caso de ausencia, vacante
o enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o
recusación, por la persona titular de la Secretaría General de Empresa y Trabajo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322107
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