Autoridades y personal. . (2025/113-38)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se acuerda convocar procedimiento de habilitación para el desempeño de funciones comprobatorias en colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, dirigido a personal funcionario que ejerce labores técnicas en los Centros de Prevención de Riesgos Laborales.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8435/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad
y Salud Laboral, por la que se acuerda convocar procedimiento de habilitación
para el desempeño de funciones comprobatorias en colaboración con la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social, dirigido a personal funcionario que
ejerce labores técnicas en los Centros de Prevención de Riesgos Laborales.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 3.1 del citado
Decreto 189/2006, de 31 de octubre; en los Decretos del Presidente 10/2022, de 25
de julio y 6/2024, de 29 de julio, ambos sobre reestructuración de Consejerías, y en
el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322034
El Decreto 189/2006, de 31 de octubre, regula el procedimiento para la habilitación del
personal funcionario que ejerce en la Consejería competente en materia de seguridad
y salud en el trabajo labores técnicas de prevención de riesgos laborales, para el
desempeño de las funciones comprobatorias en colaboración con la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social a las que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 9 de la
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
En aplicación del citado decreto, y por Resolución del Consejero de Empleo de 16 de
abril de 2007, se resolvió la primera convocatoria de este procedimiento con la habilitación
de 35 efectivos que comenzaron su actividad comprobatoria en julio de 2007, iniciándose
así un programa de actuación que potenció de forma muy satisfactoria la vigilancia del
cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. Posteriormente, por
Resolución del Consejero de Empleo de 18 de junio de 2010, y atendiendo el progresivo
descenso del número de efectivos técnicos habilitados como consecuencia de diversas
circunstancias administrativas, se acordó la habilitación de un nuevo grupo de personal
funcionario. Esta misma circunstancia se ha repetido periódicamente, lo que determinó la
convocatoria de procedimientos de habilitación adicionales en los ejercicios 2015, 2018
y 2023, con una dotación de 7, 10 y 5 plazas respectivamente.
Desde su inicio, la evaluación de resultados del citado programa de actuación,
medidos en términos de mejora efectiva de las condiciones materiales de trabajo, es
muy positiva. Dicho balance favorable, unido a la exigencia que implican las cifras de
siniestralidad laboral y al compromiso que se recoge en la vigente Estrategia Andaluza
de Seguridad y Salud en el Trabajo 2024-2028, aprobada por Acuerdo de 22 de octubre
de 2024, del Consejo de Gobierno, en cuanto a la puesta en marcha de actuaciones que
incidan en la reducción de la siniestralidad y la mejora de las condiciones de seguridad y
salud en el trabajo, conduce a incrementar la dotación de personal funcionario habilitado
en los Centros de Prevención de Riesgos Laborales.
Visto lo antedicho, valorados los recursos disponibles en cada Centro de Prevención
de Riesgos Laborales, y atendiendo al volumen de resultados que se persigue obtener,
la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral estima necesario proceder a
una nueva convocatoria de habilitación, de conformidad con lo establecido en el Estatuto
de Autonomía para Andalucía, que dispone que la Comunidad Autónoma diseñará
mecanismos de inspección y llevará a cabo la creación y desarrollo de instrumentos
propios para la lucha contra la siniestralidad laboral.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8435/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad
y Salud Laboral, por la que se acuerda convocar procedimiento de habilitación
para el desempeño de funciones comprobatorias en colaboración con la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social, dirigido a personal funcionario que
ejerce labores técnicas en los Centros de Prevención de Riesgos Laborales.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 3.1 del citado
Decreto 189/2006, de 31 de octubre; en los Decretos del Presidente 10/2022, de 25
de julio y 6/2024, de 29 de julio, ambos sobre reestructuración de Consejerías, y en
el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322034
El Decreto 189/2006, de 31 de octubre, regula el procedimiento para la habilitación del
personal funcionario que ejerce en la Consejería competente en materia de seguridad
y salud en el trabajo labores técnicas de prevención de riesgos laborales, para el
desempeño de las funciones comprobatorias en colaboración con la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social a las que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 9 de la
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
En aplicación del citado decreto, y por Resolución del Consejero de Empleo de 16 de
abril de 2007, se resolvió la primera convocatoria de este procedimiento con la habilitación
de 35 efectivos que comenzaron su actividad comprobatoria en julio de 2007, iniciándose
así un programa de actuación que potenció de forma muy satisfactoria la vigilancia del
cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. Posteriormente, por
Resolución del Consejero de Empleo de 18 de junio de 2010, y atendiendo el progresivo
descenso del número de efectivos técnicos habilitados como consecuencia de diversas
circunstancias administrativas, se acordó la habilitación de un nuevo grupo de personal
funcionario. Esta misma circunstancia se ha repetido periódicamente, lo que determinó la
convocatoria de procedimientos de habilitación adicionales en los ejercicios 2015, 2018
y 2023, con una dotación de 7, 10 y 5 plazas respectivamente.
Desde su inicio, la evaluación de resultados del citado programa de actuación,
medidos en términos de mejora efectiva de las condiciones materiales de trabajo, es
muy positiva. Dicho balance favorable, unido a la exigencia que implican las cifras de
siniestralidad laboral y al compromiso que se recoge en la vigente Estrategia Andaluza
de Seguridad y Salud en el Trabajo 2024-2028, aprobada por Acuerdo de 22 de octubre
de 2024, del Consejo de Gobierno, en cuanto a la puesta en marcha de actuaciones que
incidan en la reducción de la siniestralidad y la mejora de las condiciones de seguridad y
salud en el trabajo, conduce a incrementar la dotación de personal funcionario habilitado
en los Centros de Prevención de Riesgos Laborales.
Visto lo antedicho, valorados los recursos disponibles en cada Centro de Prevención
de Riesgos Laborales, y atendiendo al volumen de resultados que se persigue obtener,
la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral estima necesario proceder a
una nueva convocatoria de habilitación, de conformidad con lo establecido en el Estatuto
de Autonomía para Andalucía, que dispone que la Comunidad Autónoma diseñará
mecanismos de inspección y llevará a cabo la creación y desarrollo de instrumentos
propios para la lucha contra la siniestralidad laboral.